En vivo

Tarde y Media

Alejandro Bustos

Argentina

En vivo

Tarde y Media

Alejandro Bustos

Rosario

En vivo

Los 40 de la Heat

Mauri Palacios

En vivo

Fiesta Popular

Agostina Brunetti

En vivo

Bonus track

Radio

Podcast

Amamos Argentina

Podcast

La mesa de café

Podcast

La otra mirada

Podcast

El dato confiable

Podcast

3x1=4

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

80 años del Cuarteto

Podcast

Nazareno Cruz y el Lobo

Podcast

La Chacarera, el latido del monte

Escuchá lo último

Elegí tu emisora

Ley de Alquileres: los cambios más importantes que aprobaron en Diputados

Se mantiene los tres años de duración de los contratos pero las actualizaciones serán dos al año. En la nota, los detalles.

11/10/2023 | 11:20Redacción Cadena 3

archivo.

FOTO: archivo.

  1. Audio. Se aprobó en Diputados la nueva ley de alquileres

    Siempre Juntos

    Episodios

Esta nueva ley de Alquileres mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, contrariamente a la normativa que estaba vigente que permite hasta una sola actualización por año del valor del alquiler.

En tanto, se establece como índice para la actualización del precio el coeficiente de "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El mismo estará "conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina".

Además, el texto de la norma aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.

También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".

Infografía de Juan Pérez Gaudio.

Por otra parte, se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados".

En tanto, quedó plasmado otro beneficio según el cual "las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".

Informe de Ariel Rodríguez.

Lo más visto

Política y Economía

Opinión

Podcast

La otra mirada

Podcast

La mesa de café

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

3x1=4

Podcast

El dato confiable

Podcast

Política esquina Economía

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

Los editoriales de Alberto Lotuf