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Reforma laboral: cuáles son los cambios que se harán con el megadecreto

El abogado especialista en el tema, Julián de Diego, dijo a Cadena 3 que se trata de una modificación integral y destacó la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses.

21/12/2023 | 08:38Redacción Cadena 3

Qué puede cambiar con la reforma laboral que propone Milei. (Foto: NA)

FOTO: Qué puede cambiar con la reforma laboral que propone Milei. (Foto: NA)

  1. Audio. Reforma laboral: cuáles son los cambios que hará el Gobierno con el DNU

    Radioinforme 3

    Episodios

Con el objetivo de "alentar la creación de empleo privado", que no crece desde hace una década, el presidente Javier Milei presentó este miércoles una reforma laboral. A través de un DNU, busca reducir el costo laboral de las empresas, incluida la indemnización por despido.

La reforma laboral que contempla el DNU ómnibus tiene como principal objetivo alentar a las empresas a tomar empleados, según señaló el mandatario. Desde la óptica del nuevo gobierno, uno de los puntos clave para lograrlo es la reducción de la indemnización por despido, en línea con los pedidos de las principales cámaras patronales.

El abogado especialista en derecho laboral, Julián de Diego, dijo a Cadena 3 que se trata de una reforma integral y destacó la ampliación del periodo de prueba de tres a ocho meses. "La mayoría de las reformas tienden a mejorar la situación del mercado laboral", afirmó.

También dijo que "no se observa un ataque a los derechos del trabajador", aunque dijo que hay algunos matices. "En general, todo lo que se ve en el DNU tiende a mejorar las condiciones para que haya más empleo, como la rebaja de las cargas patronales. Un periodo de prueba mayor, mejora las posibilidades de contratación".

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Respecto a la "industria del juicio", De Diego dijo que esto no se termina pero que le da "un golpe mortal" al derogar las multas de la ley de empleo. "Mi percepción es que la reforma es un buen comienzo y que requiere de muchos ajustes posteriores".

El texto prevé limitar el componente salarial o remunerativo que se debe tomar en cuenta para el cálculo de las indemnizaciones mediante la exclusión de tickets canasta, vales alimentarios, bonos anuales y otros gastos puntuales como el pago del teléfono móvil. Es decir, si el salario que se considera es menor, el monto de la indemnización también termina siendo menor.

Este punto resulta significativo cuando se negocian indemnizaciones de altos cargos, como gerentes, subgerentes y directores, quienes por lo general son los que tienen mayor cantidad de beneficios de este tipo dentro de su ingreso mensual. A su vez, se propone reducir el costo de los intereses de las indemnizaciones que se resuelven a través de un juicio laboral.

El artículo 276 de la ley de Contrato de Trabajo prevé un mecanismo de actualización, pero por la ley de Convertibilidad se dejaron de aplicar actualizaciones. Como forma de reemplazo, se fueron dictando a lo largo de los años diferentes actas disponiendo una forma de calcular los intereses.

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La última corresponde a 2022, cuando la Cámara del Trabajo publicó el acta 2764/22, disponiendo la capitalización de los intereses, que es la forma en que se actualizan las deudas según el Código Civil. A través de ese mecanismo, se incluyen los intereses en la base de cálculo y después se aplica una tasa activa para que la indemnización conserve su poder de compra al momento en que el trabajador la cobra.

Fondo de cese laboral

Otro de los puntos que impulsa el Gobierno es la creación de un fondo de cese laboral para cubrir las indemnizaciones por despido a partir de un aporte mensual que debería hacer el empleador.

Los laboralistas se quejaron al indicar que la propuesta es inconstitucional porque el artículo 14 bis de la Constitución no dice que hay que reparar el daño que el trabajador sufre, sino que hay que protegerlo contra el despido arbitrario.

Período de prueba

El anuncio de Milei apunta, además, a reducir el costo laboral a través de la extensión del período de prueba, llevándolo de tres a ocho meses. Y a eliminar las sanciones establecidas por ley que el empleador debe pagarles a aquellos trabajadores que no tenía registrados.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Entrevista de Miguel Clariá y Guillermo López.

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