Exámenes en Tribunales: sobreseyeron a Caeiro y a cuatro empleadas judiciales
La Cámara de Acusación consideró que filtrar preguntas no es delito. La decisión de los vocales Carlos Alberto Salazar, Patricia Farías y Mario Capdevila se basó en la "atipicidad" de la acusación.
07/10/2025 | 09:45Redacción Cadena 3
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Audio. Concursos en Tribunales: sobreseyeron a Caeiro y a cuatro empleadas judiciales
Radioinforme 3
La Cámara de Acusación de Córdoba resolvió sobreseer de forma definitiva al exdefensor público Eduardo Santiago Caeiro, acusado de "violación de secreto" por presuntamente asistir a cuatro empleadas judiciales en concursos para el cargo de asistente (prosecretario) de defensores públicos.
Las empleadas, Paz María Sonzini Astudillo, Ana Martha Ruiz Tamagnini, Mariana Lorenzati y Florencia Zuliani, también fueron sobreseídas como partícipes necesarias.
La decisión, tomada por unanimidad por los vocales Carlos Alberto Salazar, Patricia Farías y Mario Capdevila, se basó en la "atipicidad" de la acusación.
Según el tribunal, la conducta de Caeiro no encuadra en el artículo 157 del Código Penal, que sanciona a funcionarios públicos por revelar información que debe permanecer secreta.
Los camaristas argumentaron que Caeiro, al integrar el tribunal evaluador del concurso, no actuó como funcionario público, ya que dichos tribunales pueden incluir a personas no consideradas como tales, como jubilados o profesionales de prestigio.
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Es por mal desempeño de su función y la supuesta comisión de delitos, según indicó a Cadena 3 el legislador y presidente del Bloque de la UCR en la Unicameral, Matías Gosdenovich.
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La acusación inicial, formulada por el fiscal Enrique Gavier y respaldada por el juez José Milton Peralta, fue apelada por los defensores de Caeiro, Miguel Ángel Ortiz Pellegrini y Leandro Ortiz Morán, y por Benjamín Sonzini Astudillo, en representación de su hija Paz Sonzini Astudillo.
Caeiro, quien renunció a su cargo de defensor oficial el 1º de octubre, dejó de ser empleado judicial, lo que extinguió el sumario administrativo en su contra y la posibilidad de un jury. Aunque el fallo destaca un posible reproche ético, este no tiene consecuencias administrativas debido a su renuncia.
El sobreseimiento no está firme y podría ser recurrido mediante un recurso de casación por el fiscal ante la Cámara de Acusación, Jorge Osvaldo Leyva. El fallo no niega que Caeiro haya revelado el contenido de los exámenes, pero sostiene que su conducta no constituye un delito según el tipo penal.
Esta resolución genera contraste con el caso del fiscal adjunto Alejandro Pérez Moreno, sancionado por opiniones vertidas en el ámbito académico, donde se le recordó su condición de funcionario judicial.
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