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Dólar: cómo recuperar el 30% de impuestos por compras con tarjeta en el exterior

El organismo permite solicitar online el reintegro de percepciones aplicadas en 2025 sobre consumos en moneda extranjera y la compra de dólar oficial. Está dirigido a quienes no tributan Ganancias ni Bienes Personales o tienen saldo a favor.

08/01/2026 | 12:50Redacción Cadena 3

Perspectiva Nacional

Cómo pedir la devolución del 30% por el dólar "tarjeta".

FOTO: Cómo pedir la devolución del 30% por el dólar "tarjeta".

Con el inicio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el procedimiento para solicitar la devolución del 30% de las percepciones aplicadas durante 2025 sobre gastos en dólares realizados con tarjeta en el exterior y sobre la compra de dólar oficial.

Las percepciones alcanzadas corresponden a adelantos del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales. El reintegro está disponible para aquellas personas que no se encuentren alcanzadas por esos tributos o que registren saldo a favor ante el organismo.

El régimen comprende distintas operaciones en moneda extranjera, como la compra de divisas, pasajes al exterior, consumos realizados fuera del país y la contratación de servicios digitales a proveedores del extranjero. Al tratarse de pagos a cuenta, los contribuyentes pueden solicitar su devolución de acuerdo con su situación fiscal.

El trámite se realiza de manera íntegramente online y requiere contar con CUIT y clave fiscal de nivel 2 o superior. Para iniciar la gestión, se debe ingresar al sitio oficial de ARCA, acceder al servicio "Devolución de percepciones" y seleccionar el período fiscal correspondiente a 2025.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

La plataforma muestra de forma automática las percepciones informadas por bancos, tarjetas y agencias de viaje. Estas pueden ser seleccionadas y enviadas para su validación. En caso de que alguna no figure, existe la posibilidad de incorporarla manualmente. Una vez presentada la solicitud, ARCA analiza la situación fiscal del contribuyente y, si corresponde, aprueba la devolución, que se acredita en la cuenta bancaria declarada.

Podrán acceder al reintegro quienes no estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias ni en Bienes Personales y no tengan obligación de hacerlo. En el caso de empleados en relación de dependencia, el trámite está habilitado para quienes no hayan sufrido retenciones de Ganancias de cuarta categoría. También pueden gestionarlo quienes, aun con retenciones, hayan abonado percepciones bajo el código 219, correspondiente a Bienes Personales.

El estado de la solicitud puede seguirse desde el mismo servicio online. La aprobación o el rechazo dependen de controles automáticos y verificaciones posteriores. En caso de observaciones, ARCA notifica la situación a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

Como alternativa para evitar este trámite, los consumos en dólares pueden abonarse directamente en esa moneda antes del vencimiento del resumen de la tarjeta, ya sea mediante la compra de dólares oficiales a través del banco o utilizando dólar MEP.

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