Córdoba ordena la restitución de un niño a Colombia tras un traslado ilegal
El Juzgado de Familia de Córdoba determinó que el traslado de un niño a Argentina fue ilegal, ordenando su retorno a Bogotá con su padre. La madre lo acompañará hasta que se resuelva la custodia.
Buenos Aires, 30 septiembre (NA) -- El Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar al pedido de restitución internacional de un niño de tres años para que regrese con su padre a la ciudad de Bogotá, Colombia, luego de haber sido traído a la Argentina de manera unilateral.
El tribunal consideró que en Bogotá el menor tenía fijada su residencia habitual antes de ser trasladado a la Argentina de manera unilateral por su madre. La resolución condicionó la ejecución del retorno al cumplimiento previo de un estricto paquete de medidas de "regreso seguro".
Sin embargo, dado que la madre es su principal referente afectivo y expresó su voluntad de acompañarlo de regreso, el juez Gabriel Tavip estableció que el pequeño viajará junto a ella y permanecerá en Colombia, bajo su cuidado provisorio, hasta que la Justicia de aquel país resuelva las cuestiones de fondo relativas a la responsabilidad parental.
Desde el portal Justicia de Córdoba explicaron que el magistrado concluyó que el traslado del pequeño a Córdoba en febrero de 2026 había sido ilícito en los términos del Convenio de La Haya de 1980 y la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, puesto que se concretó sin la autorización paterna ni la debida venia judicial.
La sentencia también desestimó las excepciones de "falta de ejercicio de la custodia" y "grave riesgo" planteadas por la madre, tras comprobarse que el niño contaba en Bogotá con un entorno educativo, asistencial y social consolidado. Tampoco pudo acreditarse un peligro calificado que impidiera el retorno.
Regreso seguro y paquetes de medidas
No obstante, la resolución supeditó la ejecución efectiva del retorno al cumplimiento previo de un estricto paquete de medidas de protección y "regreso seguro" que deberá afrontar el progenitor.
En este sentido, el juez Tavip condicionó la entrega del pasaporte y la posterior salida del país al previo cumplimiento de las obligaciones a cargo del padre. Entre ellas, el progenitor deberá afrontar la totalidad del costo de los pasajes aéreos para ambos desde Córdoba hacia Bogotá como así también proveer a la madre y al niño un inmueble en la capital colombiana por el término de un año, de características equivalentes a la residencia que ocupaban con anterioridad.
Para que se cumplimenten las medidas adoptadas, el juzgado solicitó la intervención de la Autoridad Central de la República Argentina para coordinar la supervisión con su par colombiana.
También pidió que se le garantice a la progenitora el acceso a patrocinio jurídico gratuito en Colombia, así como asistencia institucional y resguardo ante eventuales situaciones de vulnerabilidad o violencia.
Agencia NA
Lectura rápida
¿Qué ordenó el Juzgado de Córdoba?
El Juzgado de Familia de Córdoba ordenó la restitución de un niño a Colombia tras determinar que su traslado a Argentina fue ilegal.
¿Quién es el niño y dónde vivía?
El niño tiene tres años y tenía su residencia habitual en Bogotá, Colombia, antes de ser trasladado a Córdoba.
¿Qué dijo el juez sobre la madre?
El juez estableció que el niño viajará con su madre a Colombia, quien es su principal referente afectivo.
¿Cuáles son las condiciones del retorno?
El regreso del niño a Colombia está condicionado al cumplimiento de un paquete de medidas de protección y regreso seguro.
¿Qué obligaciones tiene el padre?
El padre debe cubrir los pasajes aéreos y proveer un inmueble para la madre y el niño en Bogotá durante un año.
[Fuente: Noticias Argentinas]





