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Vaca Narvaja advirtió tras ordenar pagos a discapacidad: "Hay riesgo inminente"

El magistrado emplazó al Estado Nacional, PAMI y Ministerio de Salud para normalizar pagos a prestadores de discapacidad.

20/05/2026 | 07:11Redacción Cadena 3

Perspectiva Córdoba

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Juez federal exige a PAMI y Salud regularizar pagos a personas con discapacidad

FOTO: Juez federal exige a PAMI y Salud regularizar pagos a personas con discapacidad

  1. Audio. Hugo Vaca Narvaja

    Radioinforme 3

    Episodios

En entrevista con Cadena 3, el juez federal N°3 de Córdoba, Hugo Vaca Narvaja, explicó los fundamentos de la resolución que ordena al Estado Nacional, al Ministerio de Salud y al PAMI normalizar los pagos a prestadores de personas con discapacidad.

Sobre las posibilidades reales de que la Justicia logre que el Poder Ejecutivo cumpla la orden, respondió: "Estamos en un estado de derecho. Rige la constitución, la división de poderes y gobierna la ley. Entonces, acá hay una ley que está vigente, que ha sido sancionada por el Congreso, y estamos en una acción judicial conforme las acordadas 32/14 y 12/16 de la Corte, una acción de tipo colectivo contra Incluir Salud, que es el Estado Nacional y el Ministerio de Salud”.

Agregó que, tras verificar la existencia del Plan Incluir Salud y los atrasos reconocidos por el propio Ministerio —que admitió no pagar las prestaciones desde diciembre—, dictó una medida cautelar. “Primero debe haber una verosimilitud del derecho, que por supuesto que la hay. Segundo, debe haber también lo que se llama el peligro en la demora, y en este caso está fehacientemente acreditado. Es decir, a este sector tan vulnerable de los discapacitados, sean discapacitados menores, adultos o adultos mayores, evidentemente que el grado de vulnerabilidad permite prácticamente dictar cualquier tipo de medida cautelar en protección de este colectivo”, explicó.

El magistrado fundamentó la decisión en la protección constitucional y en tratados internacionales: “Está protegido constitucionalmente a partir del artículo 75 inciso 22 de la Constitución que incorpora los tratados internacionales, y en este caso tenemos la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.”

Precisó que la cautelar se basó también en los informes de prestadores como el Centro de Vida Alegría, el Centro Educativo Mi Lugar, el Cottolengo Don Orione, la Asociación Apadim, la Clínica Villa Bustos y la Residencia Nueva, todos los cuales confirmaron que desde diciembre el Estado no les abona los montos correspondientes. Por eso ordenó “que en tres días se pongan al día o por lo menos comiencen a saldar ese atraso”.

Ante la posibilidad de incumplimiento una vez vencidas las 72 horas, Vaca Narvaja indicó que el Estado podría apelar la medida ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, lo que abriría un debate sobre si la apelación tiene efecto suspensivo o devolutivo. Sin embargo, aclaró que “en principio” el Gobierno no está negando los derechos, sino que menciona procesos de reestructuración o auditoría.

Consultado sobre si la resolución alcanza solo al Estado Nacional o también a provincias y municipios, el juez fue claro: “No, no, rige solamente para los demandados, en este caso, que son Incluir Salud y PAMI”. Explicó que se trata de una acción colectiva por derechos individuales homogéneos, cuya causa generadora es la falta de pago por parte del Ministerio de Salud y PAMI.

Respecto a la duración de la medida, señaló que “la media cautelar dice que la vigencia sería por seis meses o hasta que se dicte la resolución de fondo”.

Sobre eventuales sanciones por incumplimiento, Vaca Narvaja explicó que “el incumplimiento de una orden judicial es una figura penal” y que “habría que ver, pero reitero, como uno no tiene la bola de cristal ni sabe qué es lo que va a suceder, veremos en su momento”.

Finalmente, ante la pregunta sobre un eventual riesgo de fatalidad por falta de atención, el juez respondió: “Sí, por supuesto, algún tipo de fatalidad por falta de atención evidentemente genera una cuestión penal y las pertinentes responsabilidades penales”. Y aclaró que “el derecho penal es contra un individuo, no contra la institución”, por lo que habría que determinar responsabilidades individuales según cada caso.

Entrevista de Radioinforme 3

Lectura rápida

¿Qué ordenó el juez Vaca Narvaja? El juez Hugo Vaca Narvaja ordenó al Estado Nacional, al Ministerio de Salud y al PAMI normalizar los pagos a prestadores de personas con discapacidad.

¿Quién es el juez que tomó la decisión? El juez que tomó la decisión es Hugo Vaca Narvaja, juez federal N°3 de Córdoba.

¿Cuándo se debe cumplir la orden? La orden debe cumplirse en un plazo de tres días, o al menos comenzar a saldar el atraso.

¿Dónde se puede apelar la medida? La medida se puede apelar ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.

¿Por qué se dictó la medida cautelar? La medida cautelar se dictó por la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora para un sector vulnerable.

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