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Un menor se convirtió en el primer adoptante de sus padres

El adolescente (13) pidió que sus tíos biológicos, quienes se ocuparon de su crianza, sean sus padres legales. Otra particularidad es que la jueza del caso utilizó en el fallo un lenguaje no jurídico.

04/07/2019 | 07:42Redacción Cadena 3

Un menor se convirtió en el primer adoptante de sus padres

FOTO: Un menor se convirtió en el primer adoptante de sus padres

Un adolescente de 13 años, vecino de la localidad tucumana de Tafí del Valle, se convirtió en el primer hijo adoptante de sus padres del país.

Se trata de "Pablo", quien decidió que sus tíos biológicos -los encargados de su crianza desde bebé- sean sus padres legales.

El menor fue entregado por sus progenitores a sus tíos por una compleja situación económica.

La jueza de Familia de Tucumán, Mariana Rey Galeano, en diálogo con Cadena 3 señaló que todo comenzó cuando "Pablo" acudió a la Justicia tras un partido de fútbol.

El adolescente se resistió a llevar en la camiseta el apellido de su padre biológico y pidió, consecuentemente, el de la familia que lo crió.

 "Él se identifica con las personas que se ocuparon de su crianza", señaló la jueza.

"Luego de las audiencias, cambiamos el trámite que veníamos llevando adelante, que era un cambio de apellido, por otro que es el de adopción de sus padres", agregó.

Otra curiosidad del caso es que Rey Galeano utilizó en el fallo un lenguaje no jurídico.  "No toda la gente sabe de derecho y por ahí los abogados hablamos para nosotros. Los tratados internacionales sugieren que hablemos más claro", explicó la magistrada.

"La decisión que tomo para poder adaptar tu nombre a tu identidad real tiene su fundamento principal en tus deseos, en tu opinión, nuestras entrevistas y en el amor que te une con tu familia, que se integra con tu papá, tu mamá y tus hermanos que viven en Tafí del Valle", señala la jueza en la resolución.

"Esta sentencia podrás leerla en este momento, porque tu abogado Agustín tendrá a su cargo esta tarea, sin perjuicio que puedas pedirme que lo haga yo también, y acordamos otra reunión para eso. O bien, podrás tenerla con vos o dejarla en este expediente para cuando vos quieras volver a leerla. Ese es otro derecho que tenés, que está en la Ley, y podes buscarlo – o googlearlo- en el Código Civil y Comercial Común en sus artículos 611 al 618", añadió.

Entrevista de Miguel Clariá.

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