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Imputaron al hombre que dañó un auto que bloqueaba un garaje en Alta Gracia

El abogado penalista Facundo Pérez Lloveras explicó a Cadena 3 cuáles son las sanciones que puede enfrentar la persona que violentó el vehículo y la propietaria que estacionó en un lugar prohibido.

17/10/2025 | 08:37Redacción Cadena 3

Rompió el vidrio de un auto con una llave cruz porque le bloqueaban el garaje.

FOTO: Rompió el vidrio de un auto con una llave cruz porque le bloqueaban el garaje.

  1. Audio. Imputaron al hombre que dañó un auto que bloqueaba un garaje en Alta Gracia

    Radioinforme 3

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En un hecho que se volvió viral en Alta Gracia, un hombre fue detenido tras romper el vidrio de un vehículo que obstruía la salida de su garaje, al lado de una escuela céntrica. El caso generó controversia, y el abogado penalista Facundo Pérez Lloveras, referente en derecho penal, brindó su análisis en diálogo con Cadena 3.

Según Pérez Lloveras, el hombre está detenido y enfrenta cargos por daño y amenaza. “En principio, podemos decir que el hombre cometió una infracción al Código Penal, que es el delito de daño, que tiene una pena privativa de libertad que va desde los 15 días hasta un año de prisión”, explicó. El abogado enfatizó que los ciudadanos no están autorizados a destruir objetos en la vía pública o de otras personas por decisión propia.

“La única justificación que nos podría dar el sistema penal para cometer un delito como el daño es el estado de necesidad, es decir, alguna situación en que nos veamos en la obligación de dañar algo, algún bien, para salvar otro bien de mayor valor. Y en este caso no fue así”, afirmó.

El especialista señaló que el conductor, al verse imposibilitado de sacar su vehículo debido al auto mal estacionado, no estaba protegiendo un bien mayor al cometer el daño. “Debió haber acudido a otras prerrogativas que la ley le da, como es llamar a la autoridad de tránsito para pedir que se remueva ese vehículo. Esa es la única solución que el sistema le da”, indicó.

Consultado sobre la frustración que genera este tipo de situaciones, Pérez Lloveras reconoció su complejidad. “El Estado no puede acudir a un auxilio y contemplar todas las innumerables situaciones de vulneraciones de derechos de todos los ciudadanos”, señaló.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Explicó que los ordenamientos municipales prohíben estacionar en salidas de garajes, y la sanción para quien lo haga es una multa y la remoción del vehículo. Sin embargo, admitió que estas respuestas administrativas no siempre son inmediatas ni satisfacen al afectado. “El Derecho Penal es una respuesta mucho más fuerte, rápida y eficaz. Mientras que un derecho administrativo puede dar únicamente una respuesta reparadora”, agregó.

Ante la consulta sobre qué opciones tiene un ciudadano que enfrenta reiteradamente este problema, el abogado expresó: “Es completamente imaginable la frustración de ese ciudadano, como nos podría pasar a cualquiera de nosotros”.

No obstante, aclaró que la solución legal es denunciar a la autoridad de tránsito, que removerá el vehículo y aplicará una multa al infractor. “Esa es la única sanción que en esta comunidad de derechos en la que vivimos existe”, afirmó, descartando que se pueda justificar la justicia por mano propia. Según Pérez Lloveras, permitir que los ciudadanos dañen vehículos en estas circunstancias no resolvería el problema de fondo y generaría más violencia entre vecinos.

Sobre posibles soluciones, el abogado consideró que multas más altas o sanciones como la quita de puntos en el carnet de conducir podrían desincentivar estas infracciones. “Existen innumerables posibilidades de sancionar ese tipo de conductas, siempre dentro de los límites que la infracción en sí acarrea. Creo que el derecho penal no debe intervenir en esta área. Es una parte del derecho administrativo que regula la normal convivencia de los vecinos”, subrayó.

Finalmente, Pérez Lloveras aclaró que el hombre detenido fue imputado por el delito de daño y deberá responder por ello. Sin embargo, destacó que el afectado tiene la posibilidad de iniciar un reclamo civil por daños y perjuicios si considera que su derecho al uso de su vehículo fue vulnerado. “La justicia por mano propia está vedada para casos excepcionales que se regulan en el Código Penal y es la única forma que nos exime de las responsabilidades penales de nuestros actos”, concluyó.

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/Fin Código Embebido/

Entrevista de Miguel Clariá y Luis Fernández Echegaray.

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