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AFIP apelará el fallo que cerró de la causa penal contra Susana Giménez

El organismo denunció a la actriz por evasión agravada en $50 millones, pero un juez determinó que ella no tuvo ninguna conducta considerada engañosa.  

28/10/2022 | 11:49Redacción Cadena 3

AFIP apelará el fallo que cerró de la causa penal contra Susana Giménez

FOTO: AFIP apelará el fallo que cerró de la causa penal contra Susana Giménez

La AFIP apelará hoy el fallo del juez en lo Penal Económico Diego Amarante, que dispuso el archivo de la causa penal iniciada a Susana Giménez tras la denuncia del organismo por supuesta evasión agravada en $50 millones.

El ente recaudador solicitará a la Cámara Nacional de Apelaciones en la Penal Económico que revea la decisión del juez de primera instancia, que determinó que la actriz no realizó ninguna conducta posible de ser considerada engañosa en "los estrictos términos que reclama la ley", y ordene que se investigue a la conductora por evasión agravada. 

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

En este sentido, el titular de la Administración Federal, Carlos Castagneto, consideró que "aún suponiendo que, como plantea el juez, no haya habido 'ocultamiento patrimonial', la señora Susana Giménez todavía no presentó las declaraciones juradas. Ante el Fisco todos los y las contribuyentes tienen las mismas obligaciones. Este es un caso que surge de la matriz de riesgo y el control sistémico que posee el organismo, no realizamos fiscalizaciones a dedo".

Además, el funcionario manifestó que "la falta de exteriorización de sus bienes imposibilita que la AFIP controle la determinación e ingreso del Aporte Solidario Extraordinario. En definitiva, estamos frente a una ausencia de voluntad para cumplir con sus obligaciones impositivas que está a la vista".

La AFIP explicó, en un comunicado, que la falta de presentación de las declaraciones juradas de Bienes Personales resultan ser una "conducta de ocultación maliciosa" prevista en la ley penal como evasión de tributos. 

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

La declaración jurada es obligatoria por el principio de "autodeclaración" que rige en el sistema tributario argentino, y al ocultar su situación fiscal se sustrae del pago de del gravamen.

"Este ocultamiento obligó a desplegar la actividad estatal a efectos de poder conocer la situación patrimonial y por ende el 'quantum' del impuesto dejado de ingresar, determinando finalmente la deuda en más de $50 millones", indicó el organismo. 

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