Régimen Penal Juvenil: una jueza, una ley y una provincia que no estaba preparada
La suspensión expuso un delicado choque institucional, pero también una falla política: hubo seis meses para adecuar el sistema y garantizar su aplicación.
08/09/2026 | 10:44Redacción Cadena 3
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El nuevo Régimen Penal Juvenil duró apenas dos días en la provincia de Buenos Aires. La Ley 27.801, que establece la responsabilidad penal desde los 14 años, entró en vigencia el viernes y fue suspendida por 60 días por la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 2 de Lomas de Zamora.
La magistrada hizo lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo. Su argumento principal fue que la Provincia no dispone de la infraestructura, los recursos ni los profesionales necesarios para recibir a los adolescentes que podrían quedar privados de su libertad bajo el nuevo régimen.
Conviene hacer una primera precisión: Pascual no declaró inconstitucional la ley ni la derogó. Dispuso una suspensión preventiva de su aplicación en territorio bonaerense. Sin embargo, el alcance de la medida no deja de resultar llamativo.
La norma fue debatida durante años, atravesó el Congreso y reunió una mayoría capaz de convertirla en ley. Hubo proyectos que proponían fijar la edad en 13, 14 o 15 años. Finalmente, el Parlamento estableció el límite en 14. Que semejante discusión quede paralizada mediante una cautelar dictada sin que exista un caso individual concreto merece, por lo menos, una revisión rigurosa.
La jueza intervino ante la posibilidad de que se produzcan futuras vulneraciones de derechos. El problema es que sus declaraciones públicas fueron más allá de las condiciones materiales del sistema. Pascual sostuvo que la nueva legislación no generará mayor seguridad y defendió la justicia restaurativa como herramienta para que los jóvenes se responsabilicen y regresen a sus comunidades.
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Nueva normativa. Una jueza suspendió por 60 días el nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires
La medida fue dictada por una magistrada de Lomas de Zamora tras un habeas corpus colectivo. La ley reduce de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y empezó a regir el sábado.
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Es una posición legítima dentro del debate público. Pero una convicción personal sobre la eficacia de una ley no puede reemplazar la voluntad del Congreso. La discusión judicial debería concentrarse en determinar si existen riesgos ciertos y comprobables para los adolescentes, no en decidir si la política criminal elegida por el Poder Legislativo es conveniente.
Eso tampoco libera de responsabilidad al Gobierno bonaerense. La ley fue sancionada seis meses antes de su entrada en vigencia. La administración de Axel Kicillof conocía sus exigencias y debía preparar establecimientos especializados, incorporar profesionales y garantizar programas educativos, sanitarios y de reinserción.
Si esas condiciones no existen, estamos ante una omisión política grave. No se puede esperar hasta el día de la entrada en vigencia para descubrir que faltan lugares, operadores, psicólogos, trabajadores sociales o dispositivos de seguimiento.
La reacción del jefe de Gabinete, Diego Santilli, fue contundente. Calificó la suspensión como una "barbaridad" y una "vergüenza" y consideró posible promover un juicio político contra la magistrada. La indignación puede comprenderse, pero la respuesta institucional debe canalizarse, en primer término, mediante la apelación del fallo. Convertir cualquier decisión judicial cuestionable en motivo automático de destitución tampoco mejora la calidad institucional.
Además, la responsabilidad penal no significa que todos los adolescentes deban ser encerrados. La nueva ley contempla sanciones alternativas, tareas comunitarias, reparación del daño, restricciones de acercamiento y dispositivos electrónicos. La privación de la libertad debe cumplirse en establecimientos especializados y separadamente de los adultos. El texto de la Ley 27.801 también prohíbe la prisión perpetua y fija un máximo de 15 años.
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El abogado penalista y exjuez Eduardo Gerome explicó en Cadena 3 el alcance de las sanciones y advirtió que su cumplimiento requerirá controles, establecimientos adecuados y programas de reinserción.
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Por eso, presentar la discusión como una elección entre encerrar adolescentes o dejarlos libres es reducir el problema. Un joven que comete un delito grave necesita una respuesta estatal. Necesita asumir las consecuencias, recibir un tratamiento adecuado y tener una posibilidad real de reinserción. Devolverlo sin intervención al mismo ambiente donde fue captado por el delito también puede constituir una forma de abandono.
Pero alojarlo en un establecimiento hacinado, sin educación, tratamiento ni perspectivas de recuperación es otra forma de fracaso.
Seguridad y derechos humanos no deberían aparecer como conceptos enfrentados. Una política seria debe proteger a las víctimas, establecer responsabilidades y, al mismo tiempo, evitar que el sistema penal termine convirtiendo a un adolescente en un delincuente más violento.
Los próximos 60 días serán una prueba para todos. La Justicia deberá fundamentar con precisión el alcance de su intervención. La Provincia tendrá que explicar por qué no adecuó su sistema a tiempo. Y el Gobierno nacional deberá defender la ley por los canales institucionales, sin convertir el conflicto en otro intercambio de acusaciones partidarias.
Después de décadas de discusiones, Argentina finalmente tiene un nuevo régimen penal juvenil. Lo inadmisible sería que una ley votada por el Congreso quedara reducida a un papel sin aplicación porque el Estado, otra vez, llegó tarde.
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La ley fija penas de hasta 15 años, contempla alternativas a la prisión y establece controles especializados. Hay dudas sobre los recursos disponibles para su aplicación. Todos los detalles.
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Lectura rápida
¿Qué sucedió con el nuevo Régimen Penal Juvenil en Buenos Aires? La Ley 27.801 fue suspendida por 60 días tras su entrada en vigencia.
¿Quién suspendió la ley? La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 2 de Lomas de Zamora.
¿Cuándo se aprobó la ley? La Ley 27.801 fue sancionada seis meses antes de su entrada en vigencia, que fue el viernes pasado.
¿Dónde se presentó el hábeas corpus? Fue presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en la provincia de Buenos Aires.
¿Por qué se suspendió la ley? La jueza argumentó que la provincia no cuenta con la infraestructura y recursos necesarios para su aplicación.





