La Justicia en Córdoba extiende la obligación alimentaria a la pareja del padre incumplidor
Un fallo judicial inédito en Córdoba responsabiliza a la esposa del padre por la manutención.
12/03/2025 | 17:53Redacción Cadena 3
La jueza de familia en Córdoba, María Alejandra Menta, resolvió extender la obligación alimentaria del padre de un adolescente a su actual esposa, haciéndola responsable por su cumplimiento. Esta decisión se basa en los reiterados incumplimientos del padre desde 2016.
La madre del menor comenzó a reclamar debido a la falta de pago de la cuota alimentaria por parte del padre. En 2023, el padre formaliza su matrimonio con otra mujer, y en 2025, la justicia accede a la solicitud de la madre, extendiendo la responsabilidad a la pareja del padre incumplidor.
El abogado de la madre, Gastón González, en diálogo con Cadena 3 explicó que “los alimentos son un derecho humano básico y el Estado tiene la obligación de tutelar el interés superior del niño”.
Agregó que el progenitor había incumplido sus obligaciones desde 2016 y no contaba con trabajo registrado ni bienes a su nombre.
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González subrayó que, al casarse, se puede iniciar un reclamo contra la conyugación, fundamentándose en el artículo 523 del Código Civil.
“Los cónyuges deben responder solidariamente por las obligaciones contraídas para solventar las necesidades del hogar o de los hijos”, aseguró.
En la práctica, esto significa que si el padre no cumple con la cuota alimentaria, la obligación se extiende a la cónyuge. “Esta es la forma de exigirle al padre incumplidor que empiece a cumplir”, añadió el abogado.
El abogado también aclaró que si el padre no se hubiera casado, el encuadre jurídico sería más dificultoso, ya que se trataría de una unión convivencial, donde las obligaciones no son tan solidarias como en el matrimonio.
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Este fallo sin precedentes podría sentar jurisprudencia en casos similares, marcando un cambio en la forma en que se aborda la responsabilidad alimentaria en Córdoba.
Informe de Alejandro Bustos




