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Ley de tierras: Armesto aclaró que la Corte Suprema no resolvió la cuestión de fondo

El constitucionalista explicó en Cadena 3 que los límites a la compra de tierras rurales por extranjeros ya rigen nuevamente. Analizó el regreso de la causa a Bariloche y el posible impacto del fallo en el Congreso.

10/10/2026 | 11:54Redacción Cadena 3

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Diego Armesto, abogado constitucionalista.

FOTO: Diego Armesto, abogado constitucionalista.

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  1. Audio. Ley de tierras: Armesto aclaró que la Corte Suprema no resolvió la cuestión de fondo

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El abogado constitucionalista Diego Armesto explicó que la Corte Suprema restableció provisoriamente las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros, sin resolver la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023. Esa disposición había derogado la Ley de Tierras y ahora quedó suspendida mediante una medida cautelar interina.

En diálogo con Cadena 3, el especialista remarcó que el máximo tribunal no emitió una sentencia sobre el fondo del conflicto. “No se trató la inconstitucionalidad del decreto 70/2023”, enfatizó.

Consultado sobre quién resultó beneficiado por la decisión, Armesto evitó identificar un favorecido directo y centró su explicación inicial en el procedimiento judicial. “Desde mi punto de vista, no veo a quién benefició o no”, respondió.

El abogado vinculó el nuevo pronunciamiento con el antecedente del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), cuya demanda había sido rechazada por falta de legitimación, sin una decisión sobre la constitucionalidad de la derogación. Explicó que quienes habían promovido otras acciones contra el mismo artículo solicitaron que la Corte aclarara qué efectos tenía aquel fallo sobre sus reclamos. Fuente de contexto.

En el expediente promovido por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros actores, el planteo está relacionado con la protección del ambiente. Armesto señaló que la cautelar busca frenar una posible vulneración de derechos mientras se desarrolla el proceso. Explicó que este tipo de medidas se sustenta en la verosimilitud del derecho invocado y en el peligro de que la demora judicial provoque un perjuicio.

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Según su interpretación, la concesión de esa protección indica que existen elementos que justifican examinar una posible afectación constitucional, aunque no anticipa una resolución definitiva.

Armesto aclaró que el restablecimiento de las restricciones ya se produjo y no depende de una futura sentencia de inconstitucionalidad. “Ya hoy, con la cautelar, volvimos a la vigencia de la Ley de Tierras”, sostuvo.

La causa debe regresar al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, que tendrá que analizar la legitimación de los demandantes —es decir, si están habilitados para impulsar ese reclamo— y examinar el pedido cautelar. Armesto señaló que el proceso también deberá abordar la cuestión de fondo: si el artículo 154 es constitucional. Fuente de contexto.

Sobre el recorrido posterior, explicó que una decisión de primera instancia puede ser apelada ante la cámara de apelaciones y eventualmente llegar otra vez al máximo tribunal. En su análisis, ese será el desenlace del trámite: la acción judicial “va a terminar volviendo a la Corte Suprema”.

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En el plano político, consideró que la cautelar podría restar apoyo al intento de rechazar íntegramente el DNU 70/2023 en Diputados. Según su lectura, al volver a regir los límites a la titularidad extranjera, algunos legisladores podrían reconsiderar su participación en una sesión convocada para avanzar contra el decreto.

Armesto también relativizó el lugar que ocupa la controversia en las preocupaciones de la sociedad. “No lo veo como debate público”, expresó. Consideró que la discusión está concentrada en determinados sectores y que, al intentar instalarla, se desplaza la atención de los problemas principales de la población.

En ese marco, sostuvo que Malvinas es “una causa común de todos”, pero diferenció ese consenso del debate sobre la compra y venta de tierras a extranjeros. “Creo que la sociedad va por otro carril”, afirmó al referirse a las prioridades de los argentinos.

Por último, aludió a la disidencia parcial del juez Carlos Rosenkrantz y vinculó su lectura con la discusión sobre las presiones a la Justicia. También cuestionó que la repercusión de un tema en la red social X, antes Twitter, se tome como reflejo de las preocupaciones del conjunto de la población. A su entender, el ruido en esa plataforma no equivale a un debate extendido entre todos los argentinos.

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Entrevista de Guillermo López.

Lectura rápida

¿Qué explicó Diego Armesto? Que la Corte Suprema restableció provisoriamente las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros, suspendiendo el artículo 154 del DNU 70/2023.

¿Quién es Diego Armesto? Es un abogado constitucionalista que analizó la decisión de la Corte Suprema sobre el tema de tierras rurales.

¿Cuándo se restablecieron las restricciones? Las restricciones ya se restablecieron y no dependen de una futura sentencia de inconstitucionalidad.

¿Dónde se debe analizar la causa? La causa debe regresar al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche para analizar la legitimación de los demandantes.

¿Por qué se considera que la controversia no es un debate público? Armesto considera que la discusión está concentrada en determinados sectores y no refleja las preocupaciones de la sociedad en general.

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