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La Justicia Federal ordenó indagar a la partera Dolly por una presunta sustracción de identidad

La Cámara Federal de Apelaciones revocó una decisión de primera instancia y dispuso que Dolly Edith Viale sea citada a declaración indagatoria. La causa fue iniciada por un hombre nacido en Rosario en 1978 que busca determinar su identidad biológica.

01/10/2026 | 16:36Redacción Cadena 3 Rosario

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La Cámara Federal revocó el fallo de primera instancia y ordenó citar a indagatoria a Dolly Viale.

FOTO: La Cámara Federal revocó el fallo de primera instancia y ordenó citar a indagatoria a Dolly Viale.

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La Justicia Federal ordenó que Dolly Edith Viale, conocida mediáticamente como “la partera Dolly”, sea llamada a declaración indagatoria en una causa en la que se investiga una presunta sustracción de identidad.

La decisión fue adoptada por la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones, que revocó el decreto del 7 de abril de 2026 mediante el cual se había rechazado el pedido de indagatoria formulado por la Fiscalía Federal.

La causa se tramita bajo la carátula “sustracción de identidad” y llegó a la Cámara a partir de un recurso presentado por la fiscal federal interina Soledad García, quien cuestionó la decisión de no avanzar con la citación de Viale.

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Las pruebas que tuvo en cuenta la Cámara

Entre los elementos incorporados al expediente figura un acta de nacimiento correspondiente a una persona nacida el 9 de septiembre de 1978 en Rosario. En ese documento consta que el nacimiento fue certificado por la “obstetra Dolly E. Viale de Garrido”.

También fue incorporado un estudio de ADN realizado por la Fundación INGEN que, de acuerdo con la resolución, excluyó el vínculo de maternidad y paternidad entre las muestras identificadas como madre y padre y la correspondiente al hijo.

El expediente cuenta además con un informe del Instituto Municipal de Previsión Social de Rosario que indica que Viale se desempeñó como obstetra en el Hospital Roque Sáenz Peña entre 1964 y 1992.

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Otro de los elementos valorados por el tribunal fue un informe de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi), que dio cuenta de otras siete situaciones de personas que manifestaron dudas sobre su identidad y cuyas partidas fueron firmadas por Dolly E. Viale de Garrido.

Además, durante un allanamiento realizado en el domicilio de la denunciada se secuestró un certificado de nacido vivo en blanco y una copia digitalizada de su título universitario como obstétrica.

A partir de esos elementos, el camarista Aníbal Pineda sostuvo que existen “motivos bastante de sospecha” para recibirle declaración indagatoria a Viale. La jueza Élida Vidal adhirió a sus argumentos.

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La Cámara consideró que la causa no está prescripta

La resolución también abordó el tiempo transcurrido desde el hecho investigado, cuyo comienzo de ejecución se remontaría a más de 48 años atrás.

El tribunal sostuvo que, de acuerdo con antecedentes de la Corte Suprema, el delito investigado tiene carácter permanente y que, por ese motivo, la conducta analizada no se encuentra prescripta. También consideró que corresponde que el expediente continúe bajo la órbita de la Justicia Federal.

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La Cámara remarcó además que el denunciante expresó su voluntad de que la investigación avance y que se constituyó como querellante en la causa.

Con la resolución, el expediente volverá al juzgado de origen, que deberá avanzar con la declaración indagatoria de Dolly Edith Viale. La medida implica que será formalmente escuchada en el marco de la causa, sin que ello suponga una declaración de responsabilidad penal.

Lectura rápida

¿Qué ordenó la Justicia Federal? La Justicia Federal ordenó la declaración indagatoria de Dolly Edith Viale en una causa por sustracción de identidad.

¿Quién tomó la decisión? La decisión fue adoptada por la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones.

¿Cuándo se revocó el decreto? El decreto fue revocado el 7 de abril de 2026.

¿Dónde se tramita la causa? La causa se tramita en la Cámara Federal de Apelaciones.

¿Por qué no está prescripta la causa? El tribunal consideró que el delito tiene carácter permanente, por lo que no se encuentra prescripto.

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