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Vicentin: para especialista en derecho es inconstitucional

Carlos Molina Sandoval, profesor de Derecho Concursal de la UNC, explicó que la ley establece un mecanismo para que los acreedores pidan la intervención, pero acá se hizo por decreto.

10/06/2020 | 08:45Redacción Cadena 3

El abogado y profesor de Derecho Concursal de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) Carlos Molina Sandoval indicó a Cadena 3 que es “inconstitucional” la intervención del Estado en Vicentin.

Según explicó “un concurso preventivo es un acuerdo gradual al que llega, en este caso, Vicentin con sus acreedores en el cual se negocia libremente una propuesta de pago, con alguna quita, una espera y algunas condiciones”.

“Para poder hacer ese pago, hay que reconocer esos créditos. Es decir que los acreedores tienen que presentar sus papeles ante la Justicia, pero eso todavía no pasó porque con la pandemia el plazo se prorrogó hasta agosto”, detalló, sin embargo, indicó que frente a este escario el Ejecutivo, a través del decreto 522, determinó una intervención de la sociedad.

“Yo no cuestiono si es inconveniencia, oportunidad o parte de la pandemia, sino los aspectos legales y en mi opinión esta intervención es inconstitucional porque se hizo por un DNU y porque quien debió determinar esto es el Poder Judicial”, detalló.

La Ley Concursal establece un mecanismo para que los acreedores se presenten ante el juez, pidan la intervención justificando desvío de fondos o vaciamiento y en su defecto designen un interventor. “Acá se hizo directamente por decreto y es equivocado”, planteó Molina Sandoval.

Además, indicó que otro concepto que surge del decreto es la expropiación y al respecto expresó que “eso requiere de una ley previa o pago previo y no queda claro si lo que se va a expropiar son los activos de Vicentin o las acciones, que pertenecen a dueños que también tienen otras empresas”.

Finalmente, también manifestó su preocupación con el proyecto de ley de expropiación, en donde se quiere compensar créditos de Banco Nación contra la empresa para comprar las acciones.

“Se está confundiendo la cuestión de la personalidad jurídica del ente porque si expropio acciones tengo que pagar con acciones, no puedo pagar con el crédito, sino que tiene que ser con dinero u otras cosas”, aclaró.

Entrevista de Miguel Clariá.

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