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Ordenan internar por sus adicciones a un adolescente punible

Daniela Bianciotti, jueza Penal Juvenil de Primera Nominación, explicó a Cadena 3 que "se trató de una medida excepcional".

08/06/2022 | 06:59Redacción Cadena 3

  1. Audio. Dispusieron la internación cautelar de un menor adicto

    Radioinforme 3

    Episodios

La Justicia de Córdoba dispuso la internación cautelar de un adolescente con problemas de adicciones y que había cometido crímenes de gravedad. 

Daniela Bianciotti, jueza Penal Juvenil de Primera Nominación de la ciudad de Córdoba, fue quien dictó la resolución judicial y explicó a Cadena 3 que "se trató de una medida excepcional". 

Al entender que “el problema de adicciones nubla su razonamiento y lo lleva a situaciones de peligro”, el adolescente permanecerá bajo la guarda de la Senaf, por disposición del Juzgado Penal Juvenil de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba. 

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

"Se trata de un caso concreto y de la aplicación de una ley especial de protección de niños, niñas y adolescentes de Córdoba, la 9944, aplicada para este excepcional, después de considerar todas las circunstancias", indicó. 

"Es una persona menor de edad, por lo que no podemos difundir sus datos. Padece una enfermedad por adicciones que genera mucho dolor en él y en la familia. Por eso se dictó la internación provisional, que es una medida cautelar de resguardo, es decir, implica la privación de libertad", detalló. 

Y aclaró que la medida se dio en el marco de la investigación de un hecho delictivo grave, donde el joven menor de edad tuvo la posibilidad de defenderse, y que como había pruebas contundentes de que el menor había participado del crimen, la medida cautelar era "insustituible"

"Al ser menor, esto solo se podía cumplir en el complejo socio educativo. El menor me pidió un tratamiento ambulatorio. Consideré su pedido, porque es su derecho, escuché su opinión, pero en este caso no era posible, porque ya se habían intentado otras alternativas y con el medio familiar no se podía regresar. La prueba me muestra que no es posible el cumplimiento de un tratamiento ambulatorio", argumentó.

Entrevista de Miguel Clariá. 

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