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Milei reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral para indemnizaciones: ¿qué es?

A través del Decreto 408/2026, se oficializó el sistema que reemplaza el esquema tradicional por fondos de inversión. Entrará en vigencia en noviembre.

01/06/2026 | 08:43Redacción Cadena 3

Perspectiva Nacional

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FOTO: ilustrativa.

El Gobierno nacional oficializó este lunes la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo mecanismo previsto en la Ley de Modernización Laboral para financiar el pago de indemnizaciones por despido en el sector privado.

A través del Decreto 408/2026, publicado en el Boletín Oficial, se dispuso que el sistema funcione mediante fondos específicos constituidos por las empresas y administrados bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

El nuevo esquema, que modifica el régimen indemnizatorio tradicional, no tendrá una aplicación inmediata: el Poder Ejecutivo prorrogó su entrada en vigencia hasta el 1° de noviembre de 2026. Hasta esa fecha, la Secretaría de Trabajo, la CNV, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Secretaría de Finanzas deberán dictar las normas complementarias para su implementación operativa.

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Cómo funcionará el nuevo sistema

El FAL estará dirigido exclusivamente a los empleadores del sector privado, quedando exceptuadas las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y todo el sector público.

De acuerdo al texto oficial, el financiamiento se canalizará a través de vehículos de inversión colectiva como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. El objetivo de esta estructura es garantizar la segregación patrimonial y la afectación específica de los recursos para el pago a los trabajadores.

Recaudación: ARCA será la encargada de recaudar y derivar las contribuciones patronales, integrándolas al sistema de la seguridad social.

Identificación: cada empleador deberá informar un identificador digital denominado "ID FAL" para asegurar que los aportes se asignen correctamente a su cuenta individual.

Plazo de pago: ante un despido y una vez presentada la declaración correspondiente, la entidad administradora del fondo tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir los montos directamente al trabajador.

Requisitos y destino de los fondos

Para acceder a la cobertura plena de este sistema, la norma determina que los trabajadores deberán encontrarse debidamente registrados y contar con una antigüedad mínima de doce meses en los registros laborales.

Por último, el decreto establece una fuerte impronta local para el destino de los recursos acumulados. Las inversiones de estos fondos de asistencia deberán realizarse exclusivamente en instrumentos financieros emitidos y negociados en la República Argentina, con el propósito explícito de promover la inversión productiva dentro del país.

Lectura rápida

¿Qué se oficializó? El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para financiar indemnizaciones por despido.

¿Quién supervisa el sistema? La Comisión Nacional de Valores (CNV) administrará los fondos específicos constituidos por las empresas.

¿Cuándo entra en vigencia? La entrada en vigencia del sistema se prorrogó hasta el 1° de noviembre de 2026.

¿Dónde se invertirán los fondos? Los fondos de asistencia deberán invertirse en instrumentos financieros emitidos en la República Argentina.

¿Cómo se identificarán los empleadores? Cada empleador deberá informar un identificador digital denominado "ID FAL" para asignar correctamente los aportes.

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