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FOTO: Las prepagas deberán devolver lo cobrado de más a los usuarios. (Foto: ilustrativa)
Las empresas de medicina prepaga deben retrotraer los aumentos en sus tarifas, según confirmó esta semana la Superintendencia de Seguro de Salud de la Nación (SSN).
Este viernes, un fallo de la Justicia ordenó a estas compañías limitar sus incrementos acorde a la inflación, tomando como base diciembre del año pasado.
Si las facturas son de mayo, el aumento puede ser hasta un 114,6% y si son de abril un 93,3%. Además, deberán devolver lo que cobraron de más desde diciembre último.
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El fallo judicial deja sin efecto los aumentos desde el 1° de diciembre en adelante y retrotrae los valores actualizados por el IPC acumulado. Además, fija un plazo de cinco días para que las empresas presenten un plan sobre cómo devolverán lo cobrado en exceso a los usuarios. El universo afectado por esta medida incluye a 23 empresas que representan el 95% del total.
La abogada especialista en derechos del consumidor, Carolina Ferrante Trombetta, explicó en diálogo con Cadena 3 que el juez ordenó que lo pagado en exceso va a ser un crédito a favor de los usuarios y todas las empresas alcanzadas por esta medida van a tener que presentar un plan para devolver ese dinero de más.
"No es que la cuota ahora va a tener el valor de diciembre. Diciembre va a ser la base cálculo, pero tiene un tope. Es del 114%, cuando las prepagas estaban teniendo un aumento casi del 220%", aclaró.
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Límite a los incrementos
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Ferrante Trombetta señaló, además, que solo están incluidas en la medida cautelar aquellas empresas que estaban en la cautelar de la superintendencia.
De acuerdo al fallo, las empresas de medicina prepaga alcanzadas por esta medida cautelar son OSDE, Swiss Medical S.A., Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científico, Omint S.A. de Servicios, Galeno Argentina S.A., Medifé Asociación Civil, Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, Obra Social de Dirección de Sanidad Luis Pasteur, Medicina Prepaga Hominis S.A., Medicina Esencial S.A., Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación, Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca, ACA Salud Cooperativa de Prestación de Servicios Médicos Asistenciales Ltda., Asociación Mutual Sancor, Prevención Salud S.A., Sistema Integrado de Prestadores de Salud S.A., MET Córdoba S.A., Hospital Alemán Asociación Civil, Grupo DDM S.A., Asociación Hospital Británico de Buenos Aires, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico de Lomas de Zamora.
Aquellos usuarios que no estén dentro de esta medida pueden enviar una carta documento para solicitar que se haga extensiva la medida o hacer una presentación judicial.
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Entrevista de Guillermo López.
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El porcentaje es en relación con lo pagado en diciembre. La regla es recalcular valores tomando como referencia ese mes, más la inflación acumulada al momento de facturar. Generará rebajas de 11% a 19% con respecto a abril.
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La medida ahora abarca a 23 empresas que contemplan el 95% de los beneficiarios cubiertos por este régimen.
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