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La ANMAT prohibió un café molido, una miel y un snack de frutos secos

Las tres disposiciones del organismo fueron publicadas este miércoles en el Boletín Oficial. En la nota, qué marcas no hay que comprar.

19/07/2023 | 06:34Redacción Cadena 3

archivo.

FOTO: archivo.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), luego de una exhaustiva investigación tomó la determinación de prohibir una serie de marcas de café, miel y frutos secos.

Lo dio a conocer a través de sendas Disposiciones publicadas hoy Boletín Oficial de la Nación.

Un café brasileño. Mediante la Disposición 5280/2023 se prohibió la venta de un café brasileño, también por considerarlo un producto ilegal.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto: Café tostado natural en grano marca RUNA CAFÉ, Nombre de fantasía: Santos Brasil y cualquier otro café marca RUNA que no presente en sus rótulos números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y/o de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal", informó la ANMAT.

Una miel. A través de la Disposición 5263/2023 publicada este miércoles en el Boletín oficial la ANMAT prohibió una marca de miel por considerarla ilegal.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento", se explicó desde la ANMAT.

La media es "por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".


Frutos secos. Mediante la disposición 5279/2023 se prohibió la venta y consumo de una serie de frutos secos y sus derivados.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Maní crocante sabor jamón, marca Productos FA-DI, Maní repelado salado, marca Productos FA-DI, Pasas de uva s/ semilla, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT, Ciruelas s/ carozo, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT", indicó ANMAT

Y añade: “Mix frutos secos, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos, resultando ser en consecuencia productos ilegales".

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