En vivo

Primera Plana

Luis F. Echegaray

Argentina

En vivo

Primera Plana

Luis F. Echegaray

Rosario

En vivo

Clásicos a la Ida

Lucas Correa

En vivo

¡Arriba La Popu!

Ulises Llanos

En vivo

Trasnoche random

Radio

Podcast

La mesa de café

Podcast

La otra mirada

Podcast

El dato confiable

Podcast

3x1=4

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

80 años del Cuarteto

Podcast

Nazareno Cruz y el Lobo

Podcast

La Chacarera, el latido del monte

Podcast

Francisco: los 10 años del Papa argentino

Podcast

Manual para transformar Argentina

Escuchá lo último

Elegí tu emisora

Sociedad

Lanzan en Santa Fe un plan de regularización de deudas por impuestos y tasas

Desde API precisaron que el plan incluye deudas por Impuesto sobre IIBB, Inmobiliario, de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario y Agentes de Retención y/o Percepción.  

02/06/2023 | 17:04Redacción Cadena 3

Lanzan en Santa Fe un plan de regularización de deudas por impuestos y tasas.

FOTO: Lanzan en Santa Fe un plan de regularización de deudas por impuestos y tasas.

El Gobierno de Santa Fe implementó un plan especial de pago para cancelar deudas generadas por los distintos tributos de la Administración Provincial de Impuestos (API) vencidas hasta el 30 de abril pasado, que se podrán abonar en seis cuotas sin interés.

A través del decreto número 930/2023, firmado por el gobernador Omar Perotti y publicado hoy en el Boletín Oficial de la provincia, la API precisó que el plan incluye deudas por Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario y las de los Agentes de Retención y/o Percepción por importes retenidos y no ingresados al fisco.

/Inicio Código Embebido/

Mirá también

/Fin Código Embebido/

El nuevo régimen tendrá vigencia desde hoy y hasta el 31 de julio de 2023 y tiene como condición para acogerse que los contribuyentes deberán estar al día con el pago de impuestos devengados con posterioridad al 30 de abril.

El convenio podrá ser formalizado íntegramente de manera online ingresando a la página web del organismo (www.santafe.gov.ar/api) y una vez celebrado, ser abonado por todos los medios electrónicos de pago.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Cuando la deuda corresponda a personas jurídicas o el importe de la misma sea igual o superior a 15.000 pesos, el pago se deberá realizar por débito automático.

Lo más visto

Sociedad

Opinión

Podcast

La otra mirada

Podcast

La mesa de café

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

3x1=4

Podcast

El dato confiable

Podcast

Política esquina Economía

Podcast

Abrapalabra

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

Los editoriales de Alberto Lotuf

Podcast

Agenda económica

Podcast

Las Claves de Zucho