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Corte Suprema revisa fallo sobre infartos de un chofer y anula parte de la condena

Un chofer de larga distancia había demandado a su empresa y a la ART por infartos relacionados con su trabajo. La Corte anula parte del fallo de la Cámara del Trabajo que había condenado a ambas partes.

26/06/2026 | 16:41Redacción Cadena 3

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Buenos Aires, 26 de junio (NA) -- La Corte Suprema ha revocado parcialmente la condena dictada contra una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) en el marco de una demanda presentada por un chofer de larga distancia contra su empleador y la aseguradora. El trabajador había denunciado que sufrió un infarto debido a las condiciones laborales, aunque su demanda fue inicialmente rechazada por un juez de primera instancia. Posteriormente, la Cámara del Trabajo admitió su apelación y condenó a la empresa y a la ART.

Sin embargo, el chofer no mencionó a la aseguradora en su apelación, lo que llevó al máximo tribunal a determinar que el tribunal de alzada había "excedido en su jurisdicción". Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti argumentaron que, aunque la protección del trabajador es un mandato constitucional, las sentencias deben reflejar una verdadera justicia y garantizar el debido proceso legal.

La demanda fue iniciada por Luis Esteban Succetti, quien trabajaba para la Empresa Ciudad de Gualeguaychú S.R.L. El 7 de octubre de 2011, después de finalizar su jornada laboral, el chofer sufrió una descompensación en su camino a casa y fue trasladado a varios hospitales donde recibió tratamiento por infartos, permaneciendo internado durante 20 días. Como resultado, demandó a su empleador y a Asociart S.A. para obtener una compensación por el daño sufrido, alegando que se debió a las condiciones laborales.

La Corte explicó que en primera instancia se desestimó la demanda porque el chofer no había demostrado cómo las condiciones de trabajo estaban relacionadas con su infarto. Sin embargo, al apelar, el chofer argumentó que su enfermedad era "imputable" al "ambiente laboral". La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó el fallo inicial y condenó a la empresa y a la ART al pago de dos millones de pesos ($ 2.000.000) como resarcimiento por la enfermedad profesional.

La Cámara del Trabajo concluyó que el chofer había sufrido "un cuadro coronario severo", en el cual las condiciones estresantes de su labor habían tenido una incidencia decisiva, sin que la empresa o la ART hubieran tomado medidas preventivas para reducir las cargas laborales. Ante esto, la ART Asociart S.A. presentó un recurso extraordinario ante la Corte, argumentando que el actor no había objetado su rol en el juicio.

La Corte, al analizar el caso, coincidió en que el recurso carecía de alegaciones sobre los deberes incumplidos por la ART que pudieran haber causado el daño al chofer. Por lo tanto, la Cámara había excedido su jurisdicción al extender la responsabilidad a la aseguradora, lo que fue considerado un agravio a la defensa en juicio. Como resultado, se hizo lugar a la queja y se revocó parcialmente la decisión anterior.

Lectura rápida

¿Qué decidió la Corte Suprema?
Revocó parcialmente la condena contra una ART en un caso de infartos sufridos por un chofer.

¿Quién es el demandante?
El demandante es Luis Esteban Succetti, un chofer de larga distancia.

¿Qué argumentó el chofer?
El chofer alegó que sus infartos estaban relacionados con las condiciones laborales.

¿Cuál fue el fallo de primera instancia?
La demanda fue rechazada porque no se probó la responsabilidad de la empresa y la ART.

¿Qué dijo la Cámara del Trabajo?
Condenó a la empresa y a la ART al pago de dos millones de pesos por la enfermedad profesional.

[Fuente: Noticias Argentinas]

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