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ARCA exige más información a los bancos por compras con tarjetas en el exterior

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero modificó el régimen de información de la actividad financiera para obtener datos más específicos sobre las transacciones de los usuarios.

12/03/2025 | 10:22Redacción Cadena 3
Fuente: Noticias Argentinas

FOTO: Habrá nuevos requerimientos de ARCA para el uso de tarjetas en el exterior. (NA)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) implementará a partir de julio nuevas exigencias para los bancos respecto a las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito por argentinos en el exterior.

Esta decisión se oficializó mediante la resolución general 5662/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Desde el 1 de julio, las entidades que emiten tarjetas deberán presentar información adicional para asegurar un control y fiscalización eficaces por parte de ARCA. 

Entre los nuevos requisitos destacan la obligación de incluir la marca de la tarjeta, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del emisor, y la identificación de la moneda y del comercio donde se realizó la transacción.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Los bancos estarán obligados a detallar varios aspectos de las operaciones en el exterior, que comprenden: el número y la marca de la tarjeta utilizada, la CUIT del emisor, la fecha de la transacción, el país y la moneda de origen, el monto de la operación en moneda extranjera y en pesos, así como el nombre y código del comercio que realizó la venta.

Además, la normativa estipula que se requerirá la misma información para compras efectuadas por titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas emitidas en el país.

ARCA precisó que los códigos de rubro que se deberán informar corresponden a los establecidos en el Merchant Category Code (MCC), basándose en los códigos de la Organización Internacional de Normalización (ISO) y/o los que los reemplacen en el futuro.

Este cambio normativo surge a partir de la experiencia acumulada durante la aplicación previa del régimen, con el objetivo de facilitar a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, mientras se proporciona al organismo información necesaria para llevar a cabo sus funciones de control.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/


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