Facilitan el acceso al subte gratis para jubilados y pensionados en Buenos Aires
La medida también incluye a retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad. Se votó en la Legislatura.
Buenos Aires, 27 agosto (NA) -- La Ciudad simplificó el trámite para que jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad puedan viajar gratis en el subte.
Este jueves la Legislatura porteña aprobó la eliminación de los requisitos digitales complejos impuestos en la vieja reglamentación para garantizar el acceso real y efectivo al pase gratuito.
"Aprobamos una ley para que los jubilados de la Ciudad, que cobren hasta 2,5 haberes mínimos, puedan viajar gratis en subte directamente con su DNI. Se dan de alta, pasan el DNI por el molinete. Simple", sostuvo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri.
Se trata de un proyecto de la diputada Graciela Ocaña, trabajado en forma conjunta.
Hasta ahora, para acceder al beneficio que otorga la ley a quienes perciben hasta dos y medio haberes mínimos, se exigía ingresar al sistema de Trámites a Distancia (TAD), adjuntar la constancia de ARCA y tramitar la certificación negativa de ANSES.
En adelante, el trámite podrá realizarse en todas las sedes comunales de la Ciudad, presentando solamente DNI y recibo de haberes.
Una vez promulgada la ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad dispondrá de un plazo máximo de 60 días corridos para su reglamentación.
Lectura rápida
¿Qué se aprobó en la Legislatura?
Se aprobó una ley que simplifica el trámite para que jubilados y pensionados viajen gratis en subte.
¿Quiénes se benefician con esta medida?
Los beneficiarios son jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad.
¿Cuáles eran los requisitos anteriores?
Antes se exigía ingresar al sistema de Trámites a Distancia y presentar documentación adicional como la constancia de ARCA.
¿Cómo se realizará el nuevo trámite?
El trámite se hará en las sedes comunales, presentando solo el DNI y el recibo de haberes.
¿Cuál es el plazo para la reglamentación?
El Poder Ejecutivo tiene un plazo máximo de 60 días para reglamentar la ley una vez promulgada.
[Fuente: Noticias Argentinas]





