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Fallo del TSJ: ponen un techo a los aportes solidarios que paga una jubilada

El máximo tribunal cordobés ordenó vía cautelar que los descuentos por la Ley 10.694 no excedan el haber de su jubilación ordinaria. La mujer percibe doble beneficio previsional.

11/05/2026 | 11:25Redacción Cadena 3

Perspectiva Córdoba

Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

FOTO: Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

  1. Audio. Fallo del TSJ: ponen un techo a los aportes solidarios que paga una jubilada

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La Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió el recurso directo de una jubilada provincial contra la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba y, como medida cautelar, limitó la aplicación del aporte solidario previsto en la Ley 10.694.

El TSJ consideró que, en este caso, las quitas resultaban excesivas y ordenó que no superen el monto de su haber previsional.

La mujer es beneficiaria de una jubilación ordinaria desde 2019; y, desde 2023, también percibe el beneficio de pensión como consecuencia del fallecimiento de su esposo. 

 Sobre la suma total de los dos beneficios la Caja aplicó el descuento del aporte solidario del 20%, conforme lo establece el art. 58 de la Ley 10.694.

Ante esta situación, la jubilada solicitó la suspensión del cobro de su beneficio jubilatorio para poder cobrar la pensión completa hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo (inaplicabilidad y/o inconstitucionalidad del art. 58 de la Ley 10.694), dado que el descuento equivalía a casi al 200% de su haber jubilatorio.

No obstante, la Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación rechazó este pedido y también rechazó el recurso de casación interpuesto en contra de lo resuelto. Esto motivó la intervención del TSJ a través del recurso directo planteado por la jubilada. Esto, ya que el máximo tribunal provincial consideró que tal decisión afectaba la tutela judicial efectiva.

La Sala Contencioso Administrativa del TSJ, integrada por Domingo Sesin, Aída Tarditti y Luis Rubio, consideró que los descuentos aplicados resultaban gravosos y podían tener un carácter confiscatorio. Por ello, como medida cautelar, dispuso limitar los descuentos del aporte solidario al monto de la jubilación ordinaria de la jubilada hasta que sea resuelta la cuestión de fondo.

Lectura rápida

¿Qué recurso fue admitido por el TSJ? La Sala Contencioso Administrativa del TSJ admitió el recurso directo de una jubilada contra la Caja de Jubilaciones.

¿Quién es la beneficiaria de este recurso? La beneficiaria es una jubilada que recibe una jubilación ordinaria desde 2019 y una pensión desde 2023.

¿Cuándo se aplicó el descuento del aporte solidario? El descuento del aporte solidario del 20% se aplicó sobre la suma total de los beneficios de la jubilada.

¿Cómo reaccionó la jubilada ante el descuento? La jubilada solicitó la suspensión del cobro de su beneficio jubilatorio para poder cobrar la pensión completa.

¿Por qué el TSJ limitó los descuentos? El TSJ limitó los descuentos porque consideró que eran gravosos y podían tener un carácter confiscatorio.

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