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La medida de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, promete "modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector".
FOTO: Desregulan los servicios del transporte de media y larga distancia. (Foto: NA)
El Gobierno nacional reglamentó los procesos de desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia, junto con el de oferta libre, por medio de la Resolución 57/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La medida impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, introduce "modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector”, según explicaron desde el área que encabeza Franco Mogetta.
Al mismo tiempo, destacaron que “se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”.
Entre los cambios vinculados a la desburocratización, que tienen vigencia inmediata, se establece que los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.
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A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. El Decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando… pic.twitter.com/fPrn9D9rJM
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) December 10, 2024
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Además, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) “brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos”.
El trámite, que estará disponible a partir de este miércoles, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.
Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc.
Desde Transporte informaron que “una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar”.
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Además, aclararon que “los transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada”.
En paralelo, se autorizó a los transportistas inscriptos en el RNTAP “a efectuar servicios ocasionales en circuito cerrado de carácter internacional, de conformidad con la normativa específica establecida para esta categoría de servicios”.
Al valorar la medida en su conjunto, desde la secretaría remarcaron que “a partir de esta reglamentación se podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas”.
A modo de contraste, recordaron que “antes de esta desregulación una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc.) tardaba entre seis meses a un año como mínimo”, mientras que “ahora, con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros; se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada”.
Al mismo tiempo, la secretaría dependiente de la cartera económica sostuvo que “se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo” y ratificó que “se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos”.
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La reciente publicación de la reglamentación de la desregulación del servicio de transporte de media y larga distancia generó muchas repercusiones en el sector y desencadenó un conflicto relacionado con la obligación de las empresas de transporte de proporcionar pasajes gratuitos, especialmente para personas con discapacidad.
Hasta octubre, las empresas tenían la responsabilidad de entregar estos pasajes sin cargo, pero con la nueva normativa, sostienen que ya no están obligadas a hacerlo.
Gustavo Gaona, vocero de la Cámara Empresaria de Larga Distancia (Celadi), explicó en Cadena 3 que su principal queja "es la obligación de seguir entregando los pasajes gratuitos que para el sector representan entre un millón y un millón y medio de pasajes al año y que representan en términos de costo entre 40.000 y 50.000 millones de pesos".
En ese marco, destacó que el Estado apenas compensaba un 3% del valor de esos boletos, lo que afecta directamente a las empresas y a los pasajeros, quienes ven encarecidos sus boletos debido a esta carga.
Informe de Ariel Rodríguez.
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