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Dos condenados por sustraer y difundir fotos íntimas de una funcionaria pública

Los condenados, identificados como Nicolás Lapiana e Iván Cudde, deberán cumplir como regla de conducta la realización de un curso sobre violencia de género. La denuncia fue hecha en julio de 2017. 

05/05/2023 | 20:10Redacción Cadena 3

Dos condenados por sustraer y difundir fotos íntimas de una funcionaria pública.

FOTO: Dos condenados por sustraer y difundir fotos íntimas de una funcionaria pública.

Dos hombres fueron condenados a 3 años de prisión de ejecución condicional y al pago de una multa de 50 mil pesos por los delitos de extorsión y amenazas, a partir de la sustracción y difusión de fotografías íntimas de una funcionaria pública, informaron fuentes judiciales.

La condena, a la que se arribó por medio de un juicio abreviado, fue homologada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario, integrado unipersonalmente por el juez Ricardo Vásquez.

Los condenados, identificados como Nicolás Lapiana e Iván Cudde, deberán cumplir como regla de conducta la realización de un curso sobre violencia de género, indicaron las fuentes.

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Según informó este viernes el Ministerio Público Fiscal (MPF), la causa se originó en una denuncia presentada el 5 de julio de 2017 por la víctima ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), a raíz de la difusión de fotos íntimas suyas en la red social Twitter y en sitios de Internet.

De acuerdo con la investigación, la mujer denunció que las fotografías que circulaban en la web las tenía guardadas en su teléfono celular personal y que estaban sincronizadas con la nube de la aplicación Google Fotos.

“Ante ello, la UFECI inició una investigación preliminar en la que se comprobó que la víctima había recibido, al menos, tres correos electrónicos, aparentando ser del equipo de soporte técnico de Google”, señaló el MPF, que en la etapa del juicio estuvo representado por el fiscal Fernando Arrigo.

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El fiscal rosarino recibió la asistencia, además, de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra la Mujer (UFEM).

Esos mails le sugerían a la víctima que efectuara un cambio en la contraseña “por actividad sospechosa en la cuenta” y presentaban un botón con un enlace que redireccionaba a una página que, a la vez, simulaba ser una plataforma de acceso a Gmail, con el fin de restablecer la contraseña del correo electrónico.

El fallo consideró esa acción como “una clara maniobra de phishing”, que consiste en la sustracción de credenciales y datos personales.

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El 28 de abril de 2019, dos años después de la difusión de sus fotos íntimas, la mujer recibió un mensaje de WhatsApp de un abonado radicado en Estados Unidos, identificado como Jaime Inc.

De acuerdo con la investigación, dicho mensaje le ofrecía protección a cambio del pago de U$S 600 mensuales.

Pero, además, el mensaje incluía fotografías íntimas de la víctima, alguna de las cuales no habían sido las difundidas con anterioridad y “le daba a entender que también poseía un video de iguales características, obtenido de la misma manera, mediante el acceso ilegítimo a su cuenta”, informó el MPF.

Como resultado de las pesquisas, se comprobó que uno de los involucrados, Cudde, estaba radicado en la ciudad de Santa Fe, mientras que el otro condenado, Lapiana, residía en Rosario. Este último fue quien utilizó el número telefónico radicado en Estados Unidos.

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La Fiscalía sostuvo que “la difusión de las fotografías íntimas de la víctima fue acompañada por comentarios que deshonran, humillan y atentan contra su dignidad al violar su esfera de intimidad, menoscabando su psiquis y su integridad sexual, y que la revictimizaron cada vez que esas imágenes salieron nuevamente a la luz, reforzando los estereotipos de mujer-objeto vinculados a los roles tradicionales de género".

El proceso, finalmente, se resolvió mediante un juicio abreviado, por el cual Cudde fue condenado como partícipe necesario del delito de amenazas coactivas, en concurso ideal con acceso ilegítimo a un sistema informático y falsificación y uso de una marca registrada.

Mientras que Lapiana fue condenado como autor de extorsión en grado de tentativa, en concurso ideal con amenazas coactivas en calidad de partícipe necesario, acceso ilegítimo a un sistema informático y falsificación y uso de una marca registrada.

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