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Rosario aumenta las multas por circular con patentes ocultas, adulteradas o ilegibles

La nueva ordenanza, votada este jueves en el Concejo Municipal, modifica el Código de Tránsito y el Código de Convivencia Ciudadana.     

15/10/2026 | 22:02Redacción Cadena 3

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Patentes defectuosas en vehículos de la ciudad.

FOTO: Patentes defectuosas en vehículos de la ciudad.

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La Municipalidad de Rosario endurece las sanciones para los conductores que circulen con chapas patentes ocultas, adulteradas, ilegibles o colocadas de manera irregular.

La nueva ordenanza, votada este jueves en el Concejo Municipal, modifica el Código de Tránsito y el Código de Convivencia Ciudadana, y establece multas de hasta 500 unidades fijas (UF) para las infracciones más graves. Además, contempla la remisión de vehículos y sanciones más severas en casos de reincidencia.

La normativa alcanza tanto a automóviles como a motovehículos y comprende distintas irregularidades, desde la ausencia de las placas identificatorias hasta la utilización de mecanismos destinados a impedir o dificultar su lectura por parte de las autoridades y los sistemas de fiscalización electrónica. También incluye las patentes deterioradas, sucias o colocadas de forma antirreglamentaria cuando esas condiciones impidan identificar correctamente el dominio.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

El esquema de sanciones establece multas de entre 50 y 150 UF para quienes circulen sin la patente correspondiente, la lleven en un lugar no visible o utilicen placas que no cumplen con las disposiciones vigentes. En tanto, las penalidades ascienden a entre 75 y 375 UF cuando se utilizan permisos provisorios de circulación adulterados o correspondientes a otro vehículo, o cuando el deterioro o la suciedad de la chapa impiden su correcta lectura.

Las infracciones más graves reciben multas de entre 150 y 500 UF. En esta categoría se encuentran la modificación de los caracteres alfanuméricos de las patentes mediante agregados, supresiones o alteraciones, así como el uso deliberado de dispositivos o elementos para ocultarlas o dificultar su captación por las cámaras de control. En caso de reincidencia, la normativa prevé aplicar el máximo de la escala correspondiente y contempla la posibilidad de imponer una inhabilitación para conducir.

La ordenanza también establece que la remisión del vehículo puede concretarse cuando corresponda, independientemente de la multa aplicada. La infracción queda configurada desde el momento en que la detecta la autoridad competente y la posterior remoción de los elementos utilizados para ocultar o alterar la patente no impide la aplicación de la sanción si existen indicios objetivos de que estaban destinados a dificultar la identificación.

La norma contempla excepciones para quienes hayan sufrido el robo, hurto, extravío o sustracción de la chapa patente. En esos casos, el conductor deberá presentar una denuncia emitida por una autoridad competente, que tendrá una validez de cinco días, plazo durante el cual deberá acreditar que solicitó la reposición. Si el titular no está presente al momento de la remisión, podrá presentar la documentación cuando retire el vehículo. Además, podrá solicitar la eximición de las tasas de acarreo y estadía si acredita que realizó la denuncia antes del procedimiento y que se encuentra vigente, de acuerdo con las condiciones establecidas.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Los vehículos cero kilómetro también quedan exceptuados cuando circulan con documentación provisoria original y vigente, emitida por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, que autorice su circulación.

La reforma incorpora, además, la realización de campañas de información y concientización sobre el uso correcto de las patentes, los trámites que deben realizarse ante su pérdida o sustracción y las sanciones previstas para quienes incumplan la normativa. El objetivo es reforzar la identificación de los vehículos tanto en los controles de tránsito como mediante los sistemas de fiscalización electrónica.

La ordenanza se originó en un proyecto presentado por la concejala Carolina Labayru y modifica dos normas municipales para establecer criterios específicos de sanción según la gravedad de cada infracción. Su aplicación también contempla las acciones legales que puedan corresponder cuando la adulteración u ocultamiento de una patente constituya un posible delito.

Lectura rápida

¿Qué sanciones establece la nueva ordenanza de Rosario? Se establecen multas de hasta 500 UF por infracciones graves relacionadas con chapas patentes ocultas o adulteradas.

¿Quién presentó la ordenanza? La ordenanza fue presentada por la concejala Carolina Labayru.

¿Cuándo fue votada la ordenanza? La ordenanza fue votada este jueves en el Concejo Municipal.

¿Dónde se aplicará esta normativa? La normativa se aplicará en la Municipalidad de Rosario.

¿Por qué se implementan estas sanciones? Se implementan para mejorar el control y la identificación de vehículos, así como para sancionar las infracciones relacionadas con las chapas patentes.

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