Un fallo judicial en Córdoba respaldó a jubilados para mantener su obra social
La Justicia federal ordenó a una obra social restituir la afiliación de un matrimonio jubilado y afirmó que el pase al PAMI no es automático. El caso podría sentar precedente para otros afiliados.
12/03/2026 | 08:25Redacción Cadena 3
La Justicia federal de Córdoba resolvió que los jubilados tienen derecho a continuar en su obra social de origen y no están obligados a ser trasladados de manera automática al PAMI. La decisión fue tomada por el juez federal Hugo Vaca Narvaja tras una acción de amparo presentada por un matrimonio que había sido notificado de su traspaso compulsivo.
El caso se originó cuando el titular del grupo familiar obtuvo su jubilación. Según la información judicial, la obra social OSPE les comunicó que, tras el retiro laboral, debían desvincularse de la entidad y afiliarse a la obra social nacional.
Ante esa situación, la pareja presentó un amparo en la Justicia federal con el patrocinio de la abogada María Laura Zeheri, quien argumentó que el cambio obligatorio implicaba perder el sistema de atención médica y los profesionales que los asistían desde hacía años.
"Se cree que cuando una persona se jubila está obligada a pasar directamente a PAMI. En este caso es un matrimonio que durante años estuvo afiliado a OSPE y cuando el titular se jubila les informan que debían pasar obligatoriamente a PAMI", explicó la letrada a Cadena 3.
/Inicio Código Embebido/
Salud. La deuda del PAMI es de $8.000 millones y faltan medicamentos en las farmacias
Desde el Colegio de Farmacéuticos de Córdoba señalaron en Cadena 3 que la falta de pagos impacta en la provisión y complica la atención a los jubilados.
/Fin Código Embebido/
Según detalló, el cambio generaba un perjuicio especialmente grave para la esposa del jubilado, quien padece una enfermedad neurodegenerativa y cuenta con certificado de discapacidad.
En su resolución, el magistrado determinó que el pase al PAMI no es automático y que los jubilados pueden optar por continuar en su obra social si así lo desean. En consecuencia, ordenó a OSPE restablecer la afiliación del matrimonio en un plazo de 48 horas, manteniendo el mismo plan de salud y garantizando todas las prestaciones médicas.
Para la defensa, el fallo es relevante porque reafirma que la jubilación no implica la pérdida del sistema de salud utilizado durante la vida laboral. Además, podría convertirse en un antecedente para otros afiliados que enfrenten situaciones similares tras retirarse de la actividad.
Informe de Francisco Centeno.
Lectura rápida
¿Qué decidió la Justicia federal de Córdoba? La Justicia federal de Córdoba resolvió que los jubilados pueden continuar en su obra social de origen y no ser trasladados automáticamente al PAMI.
¿Quién tomó la decisión? La decisión fue tomada por el juez federal Hugo Vaca Narvaja.
¿Cuándo se presentó la acción de amparo? La acción de amparo fue presentada por un matrimonio tras ser notificados de su traspaso compulsivo.
¿Qué obra social estaba involucrada en el caso? La obra social involucrada en el caso es OSPE, que brinda cobertura a trabajadores del sector petrolero.
¿Por qué es relevante el fallo? El fallo reafirma que la jubilación no implica la pérdida del sistema de salud utilizado durante la vida laboral y puede servir como antecedente para otros afiliados.





