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Caso Marcos Guenchül: absolvieron a su ex pareja

Este mediodía, se conoció la sentencia por el homicidio del personal trainer en 2019. Priscila Denoya fue absuelta por el beneficio de la duda. Maximiliano Panero y Caio Soso recibieron 20 años. 

06/07/2022 | 14:14Redacción Cadena 3

Caso Guenchul

FOTO: Caso Guenchul

Los padres de Marcos Guenchul.

FOTO: Los padres de Marcos Guenchul.

  1. Audio. El fiscal Adrián Spelta se refirió al fallo por el crimen de Marcos Güenchul en 2019.

    Cadena 3 Rosario

    Episodios

  2. Audio. La Justicia dictó el fallo sobre el homicidio de Marcos Guenchul

    Cadena 3 Rosario

    Episodios

Los jueces Facundo Becerra, Mariano Aliau y Carlos Leiva dieron a conocer el fallo por el asesinato de Marcos Guenchul, personal trainer asesinado en julio 2019: su ex pareja Priscila Denoya fue absuelta; Maximiliano Panero y Caio Soso resultaron condenados a 20 años de prisión, informó el móvil de Cadena 3 Rosario.

A priori, el fallo resultó sorpresivo para los familiares de Güenchul, porque Denoya era la única que tenía nexo directo y un interés real con la víctima (ex pareja con hija en común). 

/Inicio Código Embebido//Fin Código Embebido/

En cuanto al imputado Caio Soso, por unanimidad el tribunal entiende que fue el instigador de la acción (homicidio) emprendida por Panero e incluso tomó parte en su ejecución.

El plan trazado por Soso, desde la perspectiva del Tribunal, considerando la modalidad de abordaje a la víctima Marcos Guenchul, la duración del mismo, los rastros evidenciados en la escena del hecho, la trayectoria del disparo fatal, la frase oída por un vecino, las conductas posteriores de Soso y demás prueba producida durante el debate, los convencieron de que la intencionalidad era amedrentar a la víctima.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

No obstante, la posibilidad de que se produjera el resultado que finalmente ocurrió era una alternativa que Soso se representaba y aceptaba como posible, por lo que el Tribunal entendió que debe ser condenado por homicidio agravado por ser cometido con arma de fuego con dolo ventual.

En relación con Rodrigo Maximiliano Panero, por unanimidad también se llega a la conclusión de que la prueba producida en el  juicio acredita la certeza de que emprendió el accionar encomendado, y en algún momento de la secuencia decidió disparar a Guenchul en zonas letales, por lo que su conducta queda abarcada por el dolo directo de homicidio agravado por uso de arma de fuego.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

En relación con la imputada Priscila Denoya, para la mayoría del Tribunal constituida por los magistrados Becerra y Aliau, la evaluación es que no se ha arribado al grado de certeza necesaria para considerarla partícipe del homicidio de Marcos Güenchul

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