En vivo

La Cadena del Gol

Sarmiento vs. Talleres

Argentina

En vivo

Show de Gigantes

Emanuel Anezín

Argentina

En vivo

Estadio 3

Estudiantes vs. Newell´s

Rosario

En vivo

Estadio 3

Rosario Central vs. Gimnasia (LP)

Rosario

En vivo

La Central Deportiva

Colón vs. Central Norte (Salta)

Santa Fe

En vivo

Platea Numerada

Huracán vs. Indep. Rivadavia

Mendoza

En vivo

La música de la Heat

Música

En vivo

El Aguante

Ulises Llanos

En vivo

Toco y me voy

Radio

Podcast

La mesa de café

Podcast

3x1=4

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

El dato Confiable

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

La otra mirada

Escuchá lo último

Elegí tu emisora

Sociedad

Hijos de separados podrán cambiar de casa una vez por semana

Así lo dispone una nueva excepción del Gobierno nacional. El juez de familia Gabriel Tavip aclaró a Cadena 3 que con la impresión de la autorización ya es posible realizar el traslado.

01/05/2020 | 21:44Redacción Cadena 3

El Gobierno nacional habilitó que padres separados puedan trasladar a sus hijos una vez por semana durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La excepción contempla que el "traslado de niños, niñas y adolescentes, al domicilio del otro progenitor o progenitora, o referente afectivo" se dé siempre "en el interés superior del niño, niña o adolescente".

El doctor Gabriel Tavip explicó a Cadena 3 que “referente afectivo” se refiere a “aquellas personas que son un referente del cuidado del niño o niña y pueden cuidarlo por un tiempo”.

La Nación aclaró, asimismo, que si se trata de una familia monoparental, "el progenitor o la progenitora podrá trasladar al niño, niña o adolescente al domicilio de un referente afectivo" bajo las mismas condiciones que el caso anterior.

Quienes se encuentran habilitados para realizar los traslados son los progenitores o progenitoras, o referente afectivo, "que esté conviviendo con el niño, niña o adolescente" durante la cuarentena.

Se detalló, además, que las personas alcanzadas por este artículo deberán portar completa la declaración jurada aprobada por la Resolución N° 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social.

Tavip aclaró, en esta línea, que con la impresión de la autorización –sin necesidad de homologación- es posible realizar el traslado.

IF-2020-29308867-APN-SENNAF... by Cadena 3 Argentina on Scribd


Tavip, finalmente, consideró que la medida "es muy importante porque había generado mucha inquietud de parte del papá o la mamá" con quien estaba el menor.

Contempló que la situación hasta el momento, "implicaba un cuidado intensivo por parte de quien estuvo hasta ahora a cargo como así la necesidad del niño y del otro progenitor de estar juntos".

Informe de Alejandro Bustos.

Lo más visto

Sociedad

Opinión

Podcast

La otra mirada

Podcast

La mesa de café

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

3x1=4

Podcast

El dato Confiable

Podcast

Política esquina Economía

Podcast

Abrapalabra

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

Los editoriales de Alberto Lotuf

Podcast

Agenda económica

Podcast

Las Claves de Zucho