Nueva normativa permite regularizar armas no registradas ante la ANMAC
Las personas que carezcan de registración deberán presentarse dentro de los 360 días de la entrada en vigencia de la ley.
Buenos Aires, 18 junio (NA) -- El Congreso aprobó la Ley 27.805, que establece que aquellos poseedores de armas de fuego sin registrar deben regularizar su situación ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) en un plazo de 360 días desde la promulgación de la norma, que tuvo lugar el 10 de junio.
De acuerdo con el informe publicado este jueves en el Boletín Oficial, el artículo 1° establece: "Las personas que tengan armas de fuego clasificadas como de 'uso civil' o de 'uso civil condicional', que no estén registradas o cuya registración haya devenido irregular, deberán presentarse dentro de los 360 días de la entrada en vigencia de la presente ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), organismo que opera bajo el Ministerio de Seguridad, para obtener la autorización correspondiente. Tras realizar las verificaciones técnicas y registrales necesarias, se inscribirán los datos del material denunciado y de su poseedor en el Banco Nacional Informatizado de Datos de dicho organismo".
El artículo 1° también aclara que "si las personas mencionadas no poseen la condición de legítimo usuario de armas de fuego en la categoría correspondiente, deberán iniciar el trámite presentando la solicitud junto con la autorización de tenencia del material pertinente. En caso de que existan impedimentos registrales o técnicos graves, se iniciarán los procedimientos administrativos y/o judiciales necesarios para hacerse del material involucrado".
Por otro lado, el artículo 2° indica: "La Agencia Nacional de Materiales Controlados deberá informar, sin excepción y previo al inicio de la solicitud, sobre los peligros asociados a la tenencia de armas de fuego y las modalidades vigentes para su entrega voluntaria y anónima, en el marco del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego. Además, será facultad de la agencia dictar las normas técnico-registrales necesarias para establecer las modalidades y límites de la ejecución de la operatoria establecida en el artículo 1º de esta ley, considerando únicamente con fines estadísticos, las causas o circunstancias que motivaron la posesión de hecho. También deberá realizar una intensa campaña de difusión para informar a la población sobre los alcances de esta ley".
Asimismo, se menciona que "a efectos de los artículos 1º y 2º de la presente ley, quedan exentas de sanción penal las personas por la tenencia ilegal de armas de fuego de 'uso civil' o de 'uso civil condicional', según lo previsto en el artículo 189 bis del Código Penal de la Nación Argentina. Esta exención comenzará a partir de la efectiva declaración voluntaria de la posesión de las armas o sus repuestos principales, siempre que no haya habido imputación judicial al momento de su regularización". La ley entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.
Lectura rápida
¿Qué establece la nueva ley?
Permite que las personas con armas no registradas regularicen su situación ante la ANMAC.
¿Quiénes deben presentarse?
Las personas que poseen armas de fuego clasificadas como de 'uso civil' o 'uso civil condicional' sin registro.
¿Cuál es el plazo para regularizar?
Las personas tienen 360 días desde la entrada en vigencia de la ley para presentarse ante la ANMAC.
¿Qué pasa si no se regularizan?
Podrían enfrentar sanciones administrativas o judiciales si no cumplen con la norma.
¿Cuándo entra en vigencia la ley?
La ley comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.
[Fuente: Noticias Argentinas]






