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Caso París: no hubo apelación y quedó firme la absolución de los cinco policías

Alrededor del caso se expusieron hipótesis de tortura o crimen de lesa humanidad, pero un Tribunal lo rechazó por unanimidad y ninguna de las partes lo cuestionó. El estudio de abogados que representó a la familia renunció.  

18/02/2026 | 08:32Redacción Cadena 3 Rosario

Perspectiva Rosario

Una de las imágenes de la bibliotecaria en la comisaría.

FOTO: Una de las imágenes de la bibliotecaria en la comisaría.

La muerte de la bibliotecaria María de los Ángeles París en una comisaría de Rosario en 2017 fue uno de los casos más controversiales de la última década. Sin embargo, acaba de concluir con un bajísimo perfil: ni la Fiscalía ni la querella cuestionaron -no apelaron- la absolución de los cincos policías en el juicio oral que concluyó en diciembre de 2025 y quedó firme.

Si bien era absolutamente razonable que se investigue penalmente la muerte de una mujer bajo custodia policial, el proceso transitó por la turbulencia que una serie de profesionales trasladó sobre la familia de la víctima al afirmar que había sido brutalmente torturada y asesinada. Parte ello obedeció a la actuación de la cirujana-perito Virginia Creimer, convocada en su momento por la querella.

No obstante, ninguno de esos extremos pudo ser probado a lo largo del proceso y quedó en evidencia en el juicio oral y público. Creimer, que participó de una autopsia, ni siquiera fue llamada como testigo por los mismos particulares.

En diciembre, el Tribunal compuesto por los jueces Rafael Coria, Florentino Malaponte y Trinidad Chiabrera absolvió por unanimidad a los policías Silvio Cortes, Susana Domínguez, Damián Zalazar, Silvina Gianotti y Andrea Allovatti.

"Es una vergüenza, mi mamá murió porque la dejaron tirada como a un perro", expresó la hija tras el fallo. El gremio Amsafé la había acompañado. "Se niega la violencia institucional, desconoce las irregularidades del procedimiento y habilita la impunidad ante hechos gravísimos", plantearon.

Tiempo después, el estudio de Gustavo Feldman renunció como representante de la hija de la víctima. Ella fue notificada para que designe otros abogados por si quería apelar, pero no lo hizo. La Fiscalía, que había pedido hasta cuatro años de prisión a través de Karina Bartocci, tampoco.

Los argumentos

A la muerte de la bibliotecaria de 45 años no hay otra forma de analizarla que no sea con rigor y conocimiento. No sirven las definiciones espectaculares. Por eso, al exponer sus argumentos, el Tribunal planteó, como cuestión central, que "antes de analizar la intervención policial, es fundamental entender el estado clínico y conductual que atravesaba París. Se acreditó en el juicio —y fue reconocido incluso por convención probatoria— que París padeció una crisis psicofisiológica grave, un estado de excitación psicomotriz con desorganización del pensamiento, alteración de la percepción del riesgo, fuerza física desproporcionada y sucesión de conductas desbordadas.

Al respecto, los testigos describieron "conducta errática, invocaciones a Dios y a demonios, idas y vueltas entre la comisaría y la sala velatoria sin poder explicar por qué, pedido de agua sin lograr mantener un hilo coherente, caminatas sin rumbo por la calle, intentos de detener autos en movimiento, subirse a un vehículo desconocido, intentos de ingresar a domicilios ajenos, e incluso un intento de ahorcar a un perro callejero".

"Los peritos explicaron que este cuadro encaja con un síndrome hiperadrenérgico severo, una situación de altísimo riesgo que incluso por sí sola puede conducir a una arritmia fatal. No se trató, por tanto, de una persona que simplemente desobedecía órdenes: era alguien desbordada, sin control sobre sí misma y en riesgo inmediato. Este «telón de fondo» condiciona toda la evaluación jurídica del caso. Sobre ese contexto se analiza la intervención policial", explicaron los jueces. Después sí analizaron las pericias.

La prueba

El proceso implicó la realización de dos autopsias, la segunda en medio de acusaciones sobre la primera realizada en Rosario. Sin embargo, al final del camino, el Tribunal otorgó "capacidad de convencimiento determinante para el caso" a los forenses Lucas Kuverling y Alicia Cadierno, ambos del IML de Rosario.

Los dos declararon en el juicio. "Si bien en la primera autopsia no se tomaron placas de rayos X, Kuverling explicó que por los hallazgos, no ameritaba realizarla. Esa conclusión se confirmó luego, ya que en la re-autopsia se tomaron esas placas, y el resultado fue de nula injerencia para la determinación de la causa de la muerte. No surgieron elementos de interés", valoraron Coria, Malaponte y Chiabrera.

"En este sentido es importante destacar que la perito Creimer, que intervino en la reautopsia en representación de la querella, no concurrió al juicio oral a prestar declaración. Su testimonio no fue ofrecido por los acusadores", detallaron. Si bien los magistrados no ahondaron, Creimer está sospechada en varias provincias de realizar pericias falsas contra policías.

En definitiva, en este debate puntual sobre las autopsias, la resolución y argumentos del Tribunal implican un importante respaldo y reconocimiento al desempeño profesional de los forenses Kuverling -que hizo la primera- y Cadierno, que era directora del IML.

El incidente

Los jueces Coria, Malaponte y Chiabrera analizaron así la evidencia del caso y la muerte de París:

1) "Durante el debate no se acreditó violencia policial posterior al ingreso. No hay grabaciones, audios, testigos ni indicios que permitan afirmar malos tratos dentro de la comisaría".

2) "Por el contrario, testigos externos presenciales no dieron cuenta de agresiones, lo que se ve en las cámaras no permite inferir maltrato, se realizaron llamados al 107 con la urgencia de que “vengan rápido”, se insistió en pedir asistencia, y se practicaron maniobras de RCP".

3) "Incluso la operadora del 107 cayó en contradicción al mencionar que, tratándose de una comisaría, debió asignarse código amarillo y no el código verde que se asignó. La ambulancia llegó recién cuando se informó que la mujer no tenía signos vitales".

4) "No se acreditó: un dolo de lesionar, un riesgo no permitido creado o incrementado por la policía, ni un nexo causal que permita atribuir jurídicamente la muerte al obrar de los agentes".

5) "La actuación policial se mantuvo en el marco del cumplimiento de un deber legal, dentro de una situación de descompensación severa, con riesgos reales para la propia víctima y para terceros".

Conclusión

Respecto de los planteos sobre violencia institucional, el Tribunal se pronunció de forma compartida con la querella sobre que toda muerte en custodia representa un acto de extrema gravedad y que debe haber una investigación adecuada y diligente.

No obstante, en el caso en particular concluyó que "ha existido por parte del personal policial aquí juzgado un uso racional de la fuerza, acorde a los estándares internacionales vigentes en materia de DDHH y se ha cumplido con una investigación seria, llevada a cabo de manera efectiva, independiente y transparente en la cual tuvo intervención inmediata el MPA y donde se respetaron ciertos protocolos acordes a instrumentos internacionales de DDHH".

"Se advierte asimismo, cierta dilación que conspira con la celeridad propia del deber de investigar en términos del art. 8 inc. 1º de la CADH", remarcaron.

"El caso, lejos se encuentra de un cuadro situacional de Violencia Institucional y más lejos aún de la posibilidad de compartir alguna arista con un crimen de lesa humanidad como propuso la acusación particular", concluyó el Tribunal. Y nadie lo cuestionó.

El fin del proceso judicial probablemente abra una nueva instancia: los policías sumariados o juzgados no pueden concursar para ascender, lo que retrasa sus carreras y especialmente su salarios. Con la absolución en la mano, probablemente se lo reclamen al Estado.

Lectura rápida

¿Qué ocurrió con la bibliotecaria María de los Ángeles París? La bibliotecaria murió en una comisaría de Rosario en 2017, y su caso fue muy controvertido.

¿Quiénes fueron absueltos en el juicio? Fueron absueltos cinco policías: Silvio Cortes, Susana Domínguez, Damián Zalazar, Silvina Gianotti y Andrea Allovatti.

¿Cuándo se concluyó el juicio? El juicio concluyó en diciembre de 2025.

¿Dónde ocurrió la muerte de María de los Ángeles París? La muerte ocurrió en una comisaría de Rosario.

¿Por qué se consideró que no hubo violencia policial? Se concluyó que no hubo violencia policial, ya que no se acreditaron malos tratos ni indicios que lo sugirieran durante el ingreso a la comisaría.

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