En vivo

El Show de Cadena 3

Ulises Llanos

Argentina

En vivo

La Cadena del Gol

Instituto vs. Newell´s

Argentina

En vivo

Estadio 3

Instituto vs. Newell´s

Rosario

En vivo

Previa Heat

Música

En vivo

El Aguante

Conrado Vicens

En vivo

Momento manijero

Radio

Podcast

La mesa de café

Podcast

La opinión de Rodolfo Barili

Podcast

La opinión de Pablo Sirvén

Podcast

3x1=4

Podcast

La otra mirada

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

Agenda económica

Podcast

El dato confiable

Podcast

Los editoriales de Alberto Lotuf

Podcast

Cuadro de Situación

Escuchá lo último

Elegí tu emisora

Sociedad

Muerte en el Jockey Club: el fiscal regional convalidó la decisión de exculpar a directivos

De esta manera, la investigación quedó desestimada respecto de las autoridades de conducción del club, aunque continuará contra los empleados a cargo de esas instalaciones.

06/11/2026 | 16:33Redacción Cadena 3

Perspectiva Rosario

Añadir Cadena 3 a

Agregá Cadena 3 a tus preferidos en Google
Rosario: reclamo de justicia en Jockey Club a dos años de la muerte de Facundo Gorga

FOTO: Rosario: reclamo de justicia en Jockey Club a dos años de la muerte de Facundo Gorga

Google News

Mirá las notas de Cadena 3 en Google News

WhatsApp

Mirá las notas de Cadena 3 en WhatsApp

La Fiscalía Regional de Rosario confirmó la desestimación de la investigación penal contra los integrantes de la Comisión Directiva, la Comisión del Country, la Mesa Directiva y el gerente general del Jockey Club, en el marco de la causa por la muerte de Juan Facundo Gorga, el niño que falleció el 2 de enero de 2024 en la pileta “La Dulce” de la institución.

La resolución fue adoptada el 2 de noviembre de 2026 por el fiscal regional Matías Merlo, quien revisó y convalidó la decisión que habían tomado los fiscales Valeria Piazza Iglesias y Matías Edery, de la Unidad Especializada en Delitos Culposos y Siniestralidad Vial. De esta manera, la investigación quedó desestimada respecto de las autoridades de conducción del club, aunque continuará contra los empleados que tenían a su cargo el funcionamiento y la supervisión directa de las instalaciones.

Para fundamentar la decisión, la Fiscalía analizó la estructura interna del Jockey Club y las responsabilidades asignadas a cada área. Según la reconstrucción realizada durante la investigación, las tareas vinculadas con el mantenimiento, la inspección y el control técnico de los natatorios estaban delegadas en sectores operativos específicos, principalmente la Gerencia Operativa, la Intendencia y el personal de mantenimiento.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

En ese esquema, las autoridades de la Comisión Directiva y la Gerencia General tenían funciones relacionadas con la administración institucional, la planificación y la asignación de recursos, pero no intervenían en las inspecciones técnicas cotidianas de las piscinas. Para los fiscales, no se reunieron pruebas que permitieran demostrar que los directivos conocían las deficiencias de seguridad existentes en el sector donde ocurrió el accidente o que hubieran desatendido advertencias concretas sobre el peligro.

Uno de los puntos centrales de la resolución fue la ausencia de documentación que acreditara que la cúpula del club hubiera recibido comunicaciones, informes o advertencias sobre la falta de protección del ducto involucrado en el hecho. La Fiscalía consideró que, para atribuirles responsabilidad penal por omisión, era necesario demostrar que tenían conocimiento efectivo del riesgo y que, pese a ello, no adoptaron las medidas correspondientes.

También fueron examinados distintos episodios anteriores que habían sido mencionados por la querella como posibles antecedentes de situaciones peligrosas en las instalaciones. Entre ellos se analizó el caso Enz, ocurrido entre 1983 y 1984. Sin embargo, los fiscales consideraron que no resultaba determinante, ya que el sistema de cañerías había sido remodelado integralmente entre 2001 y 2003 por la empresa Perrín y las actuales autoridades del club no ocupaban sus cargos en aquella época.

Otro antecedente evaluado fue el episodio Racciatti, registrado entre 2019 y 2020, cuando se había denunciado una situación de succión en el natatorio. Según la resolución, el socio que había reportado el inconveniente constató días después que el sector contaba con una estructura de protección, lo que permitió interpretar que el área técnica había intervenido para corregir el problema.

La Fiscalía también revisó lo sucedido en enero de 2021, cuando un menor introdujo una toalla en el ducto. Ese episodio fue tramitado por el club como una infracción disciplinaria y concluyó con la aplicación de una sanción, pero no fue considerado una advertencia técnica sobre una falla de seguridad de la instalación que hubiera llegado a conocimiento de las autoridades superiores.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Otro elemento analizado fue el informe elaborado por la Universidad Nacional de Rosario (UNR), en el marco de un convenio de asesoramiento posterior a la muerte del niño. Los fiscales señalaron que ese documento incorporó evaluaciones técnicas que no estaban disponibles para las autoridades antes del accidente. Además, observaron que algunas de las recomendaciones contemplaban estándares externos que no formaban parte de las exigencias reglamentarias municipales vigentes cuando se habilitó el natatorio.

A partir de todos estos elementos, el fiscal regional concluyó que no existían pruebas suficientes para sostener una acusación penal contra los integrantes de los órganos directivos y el gerente general. Según la resolución, las medidas investigativas y los peritajes realizados no permitieron establecer que esas personas conocieran las deficiencias del sistema ni que hubieran incumplido obligaciones concretas dentro de sus respectivas funciones. También se consideró que no quedan diligencias pendientes con posibilidades razonables de modificar el escenario probatorio.

En ese contexto, Merlo ratificó la decisión de los fiscales intervinientes en aplicación del principio de objetividad que debe regir la actuación del Ministerio Público de la Acusación. Asimismo, rechazó el pedido de apartamiento o reemplazo de Piazza Iglesias y Edery, al entender que no existen motivos objetivos ni causales legales que justifiquen esa medida.

La resolución no implica el cierre de toda la causa por la muerte de Juan Facundo Gorga. La investigación penal continuará respecto de los trabajadores que tenían contacto directo con las instalaciones y responsabilidades operativas sobre el funcionamiento del natatorio. Entre ellos se encuentran los guardavidas, los intendentes del Country y el gerente operativo, quienes ya fueron imputados.

De acuerdo con lo informado por la Fiscalía, la acusación contra ese grupo de trabajadores ya fue elaborada y se encuentra a la espera de su correspondiente presentación para avanzar en el proceso judicial.

Por otra parte, la querella conserva la posibilidad de cuestionar la decisión ante la fiscal general, tal como lo establece el artículo 291 del Código Procesal Penal de Santa Fe. También podrá continuar con la causa bajo la figura de querellante exclusivo, si decide avanzar por esa vía.

Lectura rápida

¿Qué decidió la Fiscalía Regional de Rosario? La Fiscalía Regional de Rosario desestimó la investigación penal contra los integrantes de la Comisión Directiva y otros del Jockey Club por la muerte de Juan Facundo Gorga.

¿Quién adoptó la resolución? La resolución fue adoptada por el fiscal regional Matías Merlo el 2 de noviembre de 2026.

¿Cuándo ocurrió el accidente? El accidente que resultó en la muerte de Juan Facundo Gorga ocurrió el 2 de enero de 2024.

¿Dónde tuvo lugar el incidente? El incidente tuvo lugar en la pileta “La Dulce” del Jockey Club.

¿Por qué se desestimó la investigación? La investigación se desestimó porque no se encontraron pruebas suficientes que demostraran que los directivos conocían deficiencias de seguridad en las instalaciones.

Lo más visto

Sociedad

Opinión

Podcast

La otra mirada

Podcast

La mesa de café

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

3x1=4

Podcast

El dato confiable

Podcast

Política esquina Economía

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

Los editoriales de Alberto Lotuf