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Suspensión del Régimen Penal Juvenil en Buenos Aires: "Es una resolución contraria a derecho"

El exjuez penal y abogado Eduardo Gerome dialogó en Cadena 3 Rosario y cuestionó la medida de Marta Pascual y sostuvo que la normativa contempla alternativas al encierro para adolescentes que cometan delitos.

08/09/2026 | 08:13Redacción Cadena 3 Rosario

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  1. Audio. Suspensión del Régimen Penal Juvenil en Buenos Aires: "Es una resolución contraria a derecho"

    Cadena 3 Rosario

    Episodios

El nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, quedó temporalmente suspendido en la provincia de Buenos Aires por una decisión judicial. La jueza Marta Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, ordenó frenar su aplicación durante 60 días a partir de un hábeas corpus preventivo colectivo.

El exjuez penal y abogado Eduardo Gerome cuestionó la resolución y sostuvo que la magistrada se excedió en sus facultades. “Los fundamentos de la jueza fallan por la base”, afirmó, y explicó que la normativa contempla distintas alternativas al encierro para los menores que cometan delitos.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Gerome señaló en Radioinforme3 por Cadena 3 Rosario que la nueva legislación establece que la prisión quedará reservada para los casos de mayor gravedad, especialmente cuando se produzca una muerte o lesiones graves. “En todos los demás delitos, aunque sean delitos que tengan penas serias y se den determinadas condiciones, los jueces están en condiciones de cambiar esa pena por alguna de las otras sanciones que la propia ley prevé”, explicó.

Entre las medidas contempladas mencionó la prohibición de acercamiento a la víctima, la realización de tareas comunitarias y la reparación del daño. En este último caso, destacó que “no solamente va a estar a cargo del victimario, sino también de sus padres, que están obligados a responder por sus hijos en este aspecto”.

El abogado también resaltó que el régimen incorpora medidas vinculadas con la educación y el tratamiento de consumos problemáticos. “La ley prevé que el menor que está sometido a este tipo de juicio tenga una escolaridad obligatoria”, indicó, y agregó que también podrá establecerse un tratamiento obligatorio por consumo de drogas.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Sobre el argumento de la falta de infraestructura en la provincia de Buenos Aires, Gerome consideró que no alcanza para justificar la suspensión. “No habiendo un aumento exponencial precisamente de los encierros que pueda haber, se pueda aplicar la suspensión de una ley que además entraña una grave violación a la división de poderes”, sostuvo.

Finalmente, Gerome cuestionó con dureza la decisión judicial y anticipó que podría ser revisada por tribunales superiores. “Me parece que es una resolución que es contraria a derecho y que no puede perdurar”, afirmó. Además, consideró que la suspensión “significa atribuirse facultades casi dictatoriales” y sostuvo que el fallo excede las atribuciones de la magistrada.

Entrevista de Hernán Funes.

Lectura rápida

¿Qué se suspendió temporalmente? El nuevo Régimen Penal Juvenil que establece la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años.

¿Quién tomó la decisión judicial? La jueza Marta Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora.

¿Cuándo se ordenó la suspensión? Durante 60 días, a partir de la decisión judicial.

¿Dónde se aplica esta normativa? En la provincia de Buenos Aires.

¿Por qué se cuestiona la decisión judicial? Se argumenta que excede las facultades de la magistrada y que no justifica la falta de infraestructura.

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