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Endurecen las multas a comercios que permitan fumar o vapear en Rosario: hasta $4,4 millones

La nueva ordenanza modifica el Código de Convivencia Ciudadana y establece multas progresivas, clausuras y hasta la pérdida de la habilitación comercial. 

27/10/2026 | 07:13Redacción Cadena 3 Rosario

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Vapeadores en lugares cerrados.

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La Municipalidad de Rosario oficializó una modificación del régimen de sanciones para los comercios y establecimientos que permitan fumar o utilizar cigarrillos electrónicos y vapeadores en espacios cerrados. La nueva normativa establece multas que, a valores estimados de octubre, van desde los $58.000 hasta más de $4,4 millones, además de contemplar clausuras y la pérdida de la habilitación comercial en casos de reincidencia.

La medida quedó establecida mediante la Ordenanza 10.940, publicada este lunes 26 de octubre en el Boletín Oficial Municipal. La iniciativa, presentada por los concejales Lautaro Enríquez, Franco Volpe y Juan Pedro Aleart, modifica el artículo 220 del Código de Convivencia Ciudadana y alcanza a establecimientos comerciales, industriales, de servicios e instituciones con atención al público.

La regulación comprende tanto el consumo de cigarrillos tradicionales como la utilización de cigarrillos electrónicos, vapeadores, productos de tabaco calentado y otros dispositivos similares, con o sin nicotina. La prohibición de utilizarlos en espacios cerrados continúa vigente, pero ahora cambia el esquema de sanciones para los responsables de los establecimientos.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

El principal cambio está en la progresividad de las multas. Para una primera infracción, las sanciones económicas van aproximadamente de $58.000 a $465.000. Si el comercio vuelve a incumplir la normativa, los montos se elevan a entre $174.000 y $873.000.

En caso de una segunda reincidencia, las multas pueden alcanzar entre $349.000 y $4,4 millones, además de contemplarse la posibilidad de una clausura de entre diez y quince días. A partir de una tercera reincidencia, se mantienen esas sanciones económicas y también puede disponerse la caducidad de la habilitación comercial.

Los importes son estimativos, calculados a partir de un valor de referencia de $2.327 por unidad fija. Las multas definitivas dependerán del valor municipal vigente al momento de su aplicación.

La reforma modifica el régimen anterior, que contemplaba la posibilidad de clausuras desde las primeras infracciones, y busca establecer una aplicación más gradual de las penalidades.

En los fundamentos de la iniciativa también se plantea la necesidad de distinguir las obligaciones de los comerciantes de las conductas individuales de sus clientes. Sin embargo, la nueva redacción no establece una exención automática de responsabilidad por el solo hecho de contar con cartelería que indique la prohibición.

Lectura rápida

¿Qué modificó la Municipalidad de Rosario? La Municipalidad de Rosario modificó el régimen de sanciones para comercios que permiten fumar o utilizar cigarrillos electrónicos en espacios cerrados.

¿Quién presentó la iniciativa? La iniciativa fue presentada por los concejales Lautaro Enríquez, Franco Volpe y Juan Pedro Aleart.

¿Cuándo se publicó la nueva normativa? La nueva normativa fue publicada el lunes 26 de octubre en el Boletín Oficial Municipal.

¿Dónde se aplicará la nueva regulación? La regulación se aplicará en establecimientos comerciales, industriales, de servicios e instituciones con atención al público.

¿Por qué se implementa esta modificación? Se implementa para establecer una aplicación más gradual de las penalidades y distinguir las obligaciones de los comerciantes de las conductas de sus clientes.

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