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Alivio judicial para el intendente que “rompió” el casino

El juez federal Carlos Ochoa indicó que no se puede asegurar que se trató de una maniobra de lavado y ordenó continuar la investigación. Fue sobreseído en otras imputaciones.

12/08/2026 | 10:26Redacción Cadena 3

Perspectiva Córdoba

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Cayetano Canto, exintendente de Saldán. (Redes Sociales)

FOTO: Cayetano Canto, exintendente de Saldán. (Redes Sociales)

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En un fallo conocido en las últimas horas, el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, a cargo de manera provisoria del juez Carlos Ochoa, dictó una resolución clave respecto a la situación procesal del exintendente de Saldán y hombre fuerte del PJ en las Sierras Chicas, Cayetano del Valle Canto, sus hijos y un socio comercial, en el marco de la investigación por presuntas irregularidades financieras y contrataciones estatales.

Se trata del funcionario político que tiempo atrás se convirtió en noticia nacional luego de que se descubriera que había tenía una impresionante, y llamativa, racha en el casino y en la lotería.

Según informes de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la fiscalía federal N° 1, a cargo de Enrique Senestrari, Cayetano Canto justificó el ingreso de aproximadamente 37 millones de pesos (unos 240.000 a 250.000 dólares de la época) afirmando haber ganado 260 veces en el casino y cinco veces en la Lotería de Córdoba en un lapso de solo 18 meses (entre 2021 y 2023).

Para los investigadores, esta inusual secuencia no respondía al azar, sino a un esquema clásico de blanqueo de fondos de origen espurio o ilícito: ingresar dinero en efectivo en máquinas/fichas de juego y retirar el comprobante o cobro en efectivo para simular que las ganancias provenían de premios lícitos.

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No obstante, al evaluar los elementos presentados, el juez dictó ahora la falta de mérito en la acusación por lavado de activos. O sea, consideró que las pruebas recolectadas hasta el momento no son suficientes para procesarlo por este delito, pero tampoco para sobreseerlo de manera definitiva, por lo que la investigación sobre esta maniobra permanece abierta sin resolución firme.

En su descargo, Canto explicó, según consta en el expediente: “Respecto a las actividades en los juegos de azar que le reprochan, dijo que fueron simplemente de entretenimiento y no de no blanqueo de capital. Los Premios de Lotería obtenidos en la quiniela, fueron acreditados directamente por la Lotería de Córdoba en su cuenta bancaria, con las retenciones impositivas ya efectuadas, y fueron debidamente declarados en mis declaraciones juradas de impuestos. No hay maniobra de blanqueo posible en una operación transparente y bancarizada”.

Y continuó: “Respecto de los Premios en Casinos: concretamente respecto a los premios en máquinas tragamonedas (slots), es erróneo suponer que cada declaración jurada firmada en el casino representa una ganancia neta. Dichos formularios se firman al canjear tickets (premios) que superan un monto determinado por ley, pero ese dinero es frecuentemente reutilizado en nuevos juegos. Si su intención realmente hubiese sido blanquear capitales, habría utilizado esas declaraciones juradas para justificar incrementos patrimoniales, cosa que jamás hizo. Mi concurrencia al casino siempre ha sido una actividad de esparcimiento, que no ha generado deudas ni ha afectado mi economía”.

En ese sentido, Canto completó en una declaración que presentó por escrito: “No soy ludópata, aclarando que llevo adelante una vida económica prolija y sin sobresaltos, y jamás tuve endeudamiento alguno producto del azar”.

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En la misma resolución de 38 páginas firmada por el juez Ochoa y el secretario Facundo Troncoso, Canto fue procesado por una de las varias acusaciones en su contra y aliviado en torno a otras tres imputaciones.

• Procesamiento por contrataciones en la gestión: El juez ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de Canto como supuesto autor del delito de negociaciones incompatibles con la función pública. La causa analiza la facturación realizada entre febrero de 2021 y marzo de 2023 por la firma Avícola Saldán SAS (propiedad de Canto) hacia el municipio de Saldán mientras ejercía la intendencia, por un monto cercano a los $5 millones de pesos. Se le trabó además un embargo sobre sus bienes por $20 millones de pesos. En su descargo, Canto aseguró que el municipio que dirigía le compró a su propia avícola en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid 19.

• Falta de mérito en lavado de dinero: Respecto a las sospechas por blanqueo de capitales mediante la adquisición de inmuebles y vehículos de alta gama, se dictó la falta de mérito para el exintendente. El tribunal consideró que las pruebas recolectadas hasta el momento no son suficientes para procesarlo ni tampoco para sobreseerlo definitivamente por esta imputación.

• Desvinculación y sobreseimiento de los hijos: La resolución dispuso el sobreseimiento total de Victoria Nahir Canto, Alejandro Sebastián Canto y del futbolista Gustavo Damián Canto. La investigación determinó que las compras de vehículos registradas a sus nombres correspondían a ingresos laborales propios y préstamos justificables —en el caso del futbolista—, descartando la figura de dolo o complicidad en maniobras de lavado.

• Cierre de las acusaciones por evasión impositiva: Canto y su socio en la firma avícola, Ricardo Ariel Basualdo, resultaron sobreseídos por los cargos de evasión simple (Impuesto a las Ganancias e IVA). La medida se tomó en aplicación de la ley penal más benigna, debido a que las sumas investigadas ($3,6 millones y $9 millones respectivamente) quedaron por debajo de los nuevos montos mínimos fijados por la actualización de la Ley Penal Tributaria para configurar un delito penal.

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