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El Gobierno aplicará tarifas mínimas para vuelos de cabotaje

Se reimplementará la medida que estuvo vigente hasta 2016. Justificaron la decisión debido al "exceso de oferta en un mercado deprimido" y "la existencia de tarifas que no se ajustan a los costos operativos de las empresas".

24/12/2021 | 14:15Redacción Cadena 3

Reimplementarán las tarifas mínimas y máximas para vuelos de cabotaje (Foto: NA).

FOTO: Reimplementarán las tarifas mínimas y máximas para vuelos de cabotaje (Foto: NA).

El Gobierno volverá a establecer tarifas mínimas y máximas para los vuelos de cabotaje, lo cual afectará a las dos aerolíneas low cost que funcionan actualmente en Argentina: Jetsmart y Flybondi.

La medida entra en juego a raíz del "exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia y la existencia de tarifas que no se ajustan a los costos operativos de las empresas", indica el decreto que se publicó este viernes en el Boletín Oficial. 

Según informa la normativa, el Ministerio de Transporte tiene 180 días para publicar las nuevas "bandas tarifarias".

Esta medida había sido derogada por la administración de Mauricio Macri, en 2018, con el objetivo de facilitar el ingreso de aerolíneas de bajo costo.

El Gobierno justificó la reimplementación asegurando que el Estado "debe velar por la adecuada prestación de los servicios públicos, preservar la sostenibilidad no solo del transporte aéreo, sino también del sistema general de transporte y evitar prácticas ruinosas que tras una efímera ventaja económica para el consumidor o la consumidora se revelan, a la larga, contrarias al interés general", según el decreto que fue firmado por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Transporte, Alexis Guerrera.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

Así, desde la Casa Rosada consideraron que "resulta conveniente regular respecto de tarifas de referencia y bandas tarifarias que sirven de marco para la determinación de los precios al público de los servicios que prestan los explotadores regulares de transporte aéreo interno de pasajeros, con el fin de su compatibilización con el actual nivel de los costos de la actividad". 

Además, el mismo decreto aprobó el Régimen de Asignaciones de Capacidad y/o Frecuencias para los Servicios Aéreos Regulares Internacionales.

Entre sus detalles principales, se resalta que operadores aéreos de bandera nacional podrán ofrecer sus servicios en las rutas correspondientes "cuando la capacidad operativa de Aerolíneas Argentinas le impida cubrir totalmente las rutas internacionales".

El Ministerio de Transporte tendrá a cargo la organización y explotación de la prestación de servicios aéreos en aeropuertos y aeródromos del Estado o bajo la administración del mismo. Esto comprende la carga, descarga y desplazamiento de equipaje, colocación de conos de seguridad, suministrar energía y comunicaciones a las aeronaves, y la limpieza de las mismas, entre otras cosas.

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Boletín del Ministerio de Transporte by Cadena 3 on Scribd

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