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Política y Economía

El Gobierno aprobó la declaración jurada para poder circular

La deberán portar aquellas personas que trabajen para empresas que brindan actividades y servicios esenciales.

25/03/2020 | 11:31Redacción Cadena 3

FOTO: Control de tránsito en Argentina

 El Ministerio de Transporte aprobó este miércoles el modelo de declaración jurada que deben presentar las empresas que brindan actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia por el coronavirus.

Se trata del certificado que deben presentar las personas afectadas a las actividades "impostergables" vinculadas con el comercio exterior, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP y producción y distribución de biocombustibles.

Esas actividades fueron exceptuadas de la cuarentena obligatoria que, desde el viernes último, se aplica en todo el territorio nacional.

Así lo establece una resolución publicada en el Boletín Oficial, a través de la cual se recomendó la utilización del instrumento aprobado por esta medida para la acreditación de la situación fáctica de excepción al "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular por ser transportistas ante las autoridades nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales que lo requieran.

Esta semana, el Ministerio de Transporte aclaró que el transporte de cargas nacional e internacional, en todas sus modalidades: aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, se encuentra habilitado para circular, a pesar del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de las normas vigentes dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias.

"Dado que por decreto de necesidad y urgencia se establece como regla general y obligatoria el aislamiento social, preventivo y obligatorio, sus excepciones deben ser interpretadas restrictivamente", explicó el Ministerio.

Además, indicó que la atención de las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, "constituye una situación fáctica que debe acreditarse ante organismos del Sector Público Nacional para su desarrollo".

La declaración jurada figura en el anexo de la resolución 74 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

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