Sin transparencia patrimonial previa, el voto es a ciegas
Una sociedad educada y bien informada tiene mejores chances de engendrar dirigencias equilibradas en las que la vocación de servicio esté por encima de la ambición de poder.
07/05/2026 | 20:04Redacción Cadena 3
Los sueldos de los políticos no pueden seguir siendo un misterio que se revela después de asumir el cargo. La propuesta es simple y republicana: que todo candidato haga públicas sus últimas declaraciones juradas impositivas antes de las elecciones y que fije la remuneración que pretende cobrar si resulta electo. Lo que el ciudadano valide con su voto, eso cobra. Ni más, ni menos. Prevenir la corrupción empieza antes del primer día de gestión.
En la persona de un político, al igual que cualquier otro oficio o profesión, deben concurrir talentos, conocimientos y vocación. Dado que la política es la actividad que se ocupa de las cuestiones que hacen al interés común a través del ejercicio del poder, los talentos, los conocimientos y la vocación deben tener tal orientación.
En la vocación del político se fusionan la vocación de servicio y la vocación de poder.
Cuando tal combinación es desbalanceada por la ambición de poder y de fortuna en detrimento de la vocación de servicio, la democracia puede devenir en autocracia.
El sistema republicano ha dispuesto una estructura de límites y controles con el objetivo de evitar tal desbalance, basada en la división de poderes, la periodicidad de los mandatos y la libertad de expresión.
El buen funcionamiento de tales instituciones, ejecutado por personas honestas, debería bastar para evitar los temibles desbalances que se ponen de manifiesto en innumerables inconductas e hipocresías.
El enriquecimiento ilícito y las remuneraciones de los funcionarios son dos temas que repetidamente se nos hacen presentes, y que abordaremos en este editorial.
La corrupción enhebra el poder político con los poderes fácticos de la economía y del crimen organizado. Los únicos anticuerpos que tiene la república para evitar tales contubernios son la educación y la libertad de expresión, ambas capaces de reivindicar la transparencia en los actos de los gobernantes con su debida evaluación, y por ende hacer posible la corrección.
Una sociedad educada y bien informada tiene mejores chances de engendrar dirigencias equilibradas, en las que la vocación de servicio esté por encima de la ambición de poder.
El enriquecimiento ilícito en sus diversas formas está frondosamente tipificado en normas penales y existen jueces y procedimientos debidamente pautados para actuar con posterioridad a la consumación de los delitos.
La remuneración de los funcionarios tiene una breve pauta de rango constitucional (arts. 14 bis, 74 y 92), pero estamos acostumbrados a ser testigos al respecto de dos fenómenos de opinión pública: la pasividad ante los bajos sueldos declarados, y la protesta ante la autodeterminación de remuneraciones que superan con holgura el valor de las de la media de los trabajadores. ¿Cuál es la "retribución justa" cuando de funcionarios públicos se trata?
Con la pretensión de echar luz sobre este tema, formulamos algunas preguntas y reflexiones.
Cuando en la actividad privada se toma un colaborador de alto rango, un gerente digamos, ¿cuándo y cómo se acuerda su remuneración? La respuesta nos sale rápido: se acuerda antes de que entre en funciones y habitualmente el valor se determina observando el mercado y los antecedentes del postulante.
Es habitual que este pretenda mejorar el nivel de sus ingresos en función de los méritos que ya ha demostrado en la competencia. Las claves en la respuesta están en tres palabras: antes, acuerdo y antecedentes.
¿Por qué no aplicamos las tres palabras clave al ámbito de los funcionarios públicos?
Quizá sea porque existe cierta conducta corporativa en la dirigencia política, pero también es cierto que no existe una demanda clara sobre esta cuestión de parte de los votantes.
Actuar antes, estableciendo acuerdos conforme a los antecedentes, nos podría mejorar nuestros criterios de elección y evitar las habitualmente lentas acciones de la justicia que llegan para atender denuncias de delitos ya cometidos o autodeterminaciones ya consumadas.
Vamos por partes. Dividamos el universo de funcionarios públicos en dos grandes grupos: el grupo de los funcionarios electos, y el grupo de los funcionarios designados.
En el grupo de funcionarios electos sería esencial que, al momento de presentar su candidatura, quien pretenda ser electo haga pública, junto a su currículum, una declaración jurada de ingresos y patrimonio, propia y de su cónyuge, y exprese el valor de la remuneración que pretende percibir en caso de ocupar el cargo para el que se postula.
Tales declaraciones deberían ser validadas por la Justicia Electoral, en colaboración con la ARCA, en base a las cinco últimas declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias e Impuesto a los Bienes Personales, salvaguardando el secreto fiscal. Debería existir un pronunciamiento simple: la declaración del candidato "x" se concilia o no con las declaraciones juradas presentadas ante ARCA.
En tiempos de sistemas informáticos que nos asombran, tal tarea no debería ser para nada engorrosa ni demandar mucho tiempo. Los votantes sabrían así, antes de elegirlo, los detalles del patrimonio y de ingresos que sustentan la vida del candidato (sueldos, honorarios, dividendos, rentas de todo tipo), y podrían probar la veracidad de las declaraciones con la realidad que muestra "el tren de vida" que se le conoce.
Nada de declaraciones juradas "customizadas" presentables con posterioridad al inicio de sus funciones.
Lo importante es lo que ya declaró al fisco, antes de postularse. Nada de que se fijen después las remuneraciones que se le antoje a él y sus colegas; vale el importe que él estimó como justa remuneración y que los ciudadanos validaron con su voto.
Si en el futuro se detectaran falsedades en las declaraciones juradas presentadas, sería procedente la destitución, previo proceso que asegure la defensa del declarante devenido en funcionario electo.
Al ejercer su derecho de elección, el ciudadano podría saber qué tiene, cómo y de qué vive cada candidato, y con qué remuneración pretenden sustentarse mientras ejerzan el cargo para el que se postulan. Se materializaría de esta forma la ponderación de las tres palabras clave: antes, acuerdo y antecedentes.
Al grupo de los funcionarios designados, cabe subdividirlo en dos: funcionarios ajenos a la gestión política de turno, y funcionarios comprometidos y vinculados con la gestión política de turno. Para el primer grupo se impone el ingreso por concurso, la reválida periódica de aptitudes y conocimientos y las remuneraciones asignadas con parámetros colectivos.
Para el segundo grupo, ocupantes de cargos por igual plazo que la gestión política que los designa, caben las mismas previsiones que para los funcionarios electos, esto es que previo a asumir o jurar el cargo presenten las declaraciones juradas de ingresos y patrimonios junto con la remuneración pretendida, y que las declaraciones juradas cuenten con el dictamen de conciliación con su situación impositiva.
Las declaraciones juradas públicas de ingresos y patrimonios de los funcionarios deberían presentarse anualmente mientras permanezcan en sus cargos y ser sometidas a la validación de la ARCA.
En todos los casos, los gastos específicos que demanda el ejercicio de las funciones públicas deberían ser reintegrados contra presentación de declaraciones juradas respaldadas y argumentadas, sujetas a revisión. Todos los sistemas jubilatorios de privilegio deberían derogarse, no tienen justificación ética alguna. Asimismo, debería existir la condición de Ficha Limpia.
Prevenir es curar. Un sistema transparente de antecedentes y de acuerdos remuneratorios públicos, junto al eficiente desempeño del poder judicial, debería ser el contrapeso institucional que tienda a que la acción política se aprecie más como servicio que como alternativa de generación de fortuna por medio del poder.





