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Fallo en Córdoba
El padre deberá pagarle a su hija 1.026.000 de pesos por haber negado a reconocerla. El juez Ignacio Sabaini Zapata indicó a Cadena 3 que corresponde por los daños morales que le ocasionó.
AUDIO: El motivo de la multa millonaria por no reconocer a su hija
El Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Laboulaye, en Córdoba, a cargo del juez Ignacio Sabaini Zapata, hizo lugar a una demanda de filiación presentada por una joven de 22 años en contra de su padre biológico para que la reconozca como hija.
De esta manera, condenó al progenitor a abonar una indemnización de 1.026.000 pesos, más intereses.
En ese sentido, el juez indicó a Cadena 3 que el monto fijado se tasó por el daño moral que le ocasionó a su hija por vulnerar su derecho a la identidad personal y las diferencias en la crianza con respecto a sus otros hijos.
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"Los hijos reconocidos del hombre tuvieron algunas ventajas en cuanto a la vivienda, la vestimenta y la alimentación que tuvo la joven, quien sufrió una vida bastante dura", afirmó.
Vale destacar que la joven demandante, cuando nació, vivía en un establecimiento rural, ubicado en el sur de la provincia, que era propiedad del demandado y fue anotada en el Registro Civil por la pareja de su madre.
En este marco, el juez explicó que cuando la niña tenía seis años, su padre biológico se realizó un estudio de ADN privado que dio positivo.
Sin embargo, mantuvo el desconocimiento de su hija y la madre evitó iniciar una acción de filiación. De esta manera, la joven tuvo que esperar a cumplir 18 años para conocer su verdadera identidad.
Para establecer el monto de la indemnización, la más alta otorgada en la provincia en este tipo de demandas, el juez Ignacio Andrés Sabaini Zapata tomó en consideración, en particular, la actitud asumida por el demando desde que supo que efectivamente era el padre de la joven.
Consideró que el padre asumió una actitud omisiva y dilatoria en el proceso, pues sabía del embarazo, conocía que la niña era hija suya y, no obstante, mantuvo su desinterés.
"El padre contestó la demanda, manifestando que no conocía que fuera la hija y en su momento dijo que se iba a prestar y colaborar voluntariamente a todo lo que es el trámite de este proceso, lo cual nunca cumplió porque citado a los fines de hacer la prueba de ADN, no se presentó", aclaró.
Por otro lado, explicó que el daño moral "es el dolor, la aflicción que nosotros sentimos", por lo que "tiene toda una problemática en cuanto al cálculo".
"No todos tenemos la misma aflicción ante un determinado hecho, y, en segundo lugar, porque es muy difícil de cuantificar cuanto puede ser el daño", completó.
Asimismo, destacó que a partir de la modificación de la jurisprudencia en 2015, el cálculo se puede medir a través de "los placeres compensatorios".
"Anteriormente lo que hacia la jurisprudencia era buscar casos análogos y tomar más o menos un parámetro. A mí me gusta utilizar las dos fórmulas. En este caso en particular, me pareció coherente el monto en cuanto al desinterés del padre en conocer la verdad real", puntualizó.
"Siempre sostengo que los fallos no solamente se escriben para el caso concreto, sino para el futuro", cerró.
En tanto, el abogado de la denunciante, Marcelo Ferreiro, reveló a Cadena 3 que la defensa se basó en probar la diferencia en el trato y la crianza de la chica, en relación con los otros hijos del demandado.
"Mientras unos tenían una vida muy holgada, ella tenia una vida muy difícil, no pudo ir al colegio por falta de medios, tuvo que vivir con grandes carencias, de vivir con los planes sociales, de pedir alimentos", expresó.
Informe de Alejandro Bustos.
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