Ciudadanía italiana: un fallo abrió una vía de reclamo para miles de descendientes
La abogada cordobesa Mónica Restagno explicó en Cadena 3 el alcance de dos decisiones judiciales y recomendó notificar formalmente al consulado correspondiente.
07/08/2026 | 09:20Redacción Cadena 3
-
Audio. Ciudadanía italiana: un fallo abrió una vía de reclamo para miles de descendientes
Radioinforme 3
Dos recientes resoluciones de la Justicia italiana abrieron una nueva posibilidad para los descendientes de ciudadanos de ese país que habían quedado impedidos de tramitar el reconocimiento de la ciudadanía debido a la naturalización argentina de sus antepasados.
Así lo explicó en diálogo con Cadena 3 la abogada cordobesa Mónica Restagno, quien también ejerce profesionalmente en Italia. Según precisó, en los casos intervinieron la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Casación italiana.
"Estas dos cortes dictaron resoluciones importantes que pueden influir positivamente en los derechos de los descendientes", señaló.
Restagno explicó que la Corte Constitucional abordó los alcances de la denominada "ley Tajani", que restringió el acceso a la ciudadanía por descendencia. Por su parte, la Corte de Casación analizó la situación de los descendientes de italianos que se naturalizaron en otros países y que, desde 2024, habían encontrado obstáculos para obtener el reconocimiento.
La especialista indicó que la resolución beneficia especialmente a quienes descienden de italianos naturalizados durante la vigencia de la Ley 555 de 1912. Esto comprende casos de padres, madres, bisabuelos o tatarabuelos que adquirieron otra nacionalidad mientras sus hijos todavía eran menores de edad, situación conocida como minor issue.
"La Corte de Casación estableció que no hubo una interrupción en la transmisión de la ciudadanía", afirmó Restagno. A su entender, el criterio fijado por la sentencia 24045 será tenido en cuenta tanto por los tribunales inferiores como por los consulados italianos.
La abogada sostuvo que las personas alcanzadas pueden iniciar un reclamo, aunque aclaró que cada situación deberá analizarse de manera particular. En caso de avanzar por la vía judicial, afirmó que el profesional interviniente tendrá que fundamentar adecuadamente por qué el interesado no se presentó antes de la reforma impulsada por el Gobierno italiano.
Como primer paso, Restagno recomendó enviar una carta al consulado italiano correspondiente al domicilio que figura en el DNI. El escrito debería incluir a todos los familiares interesados, mencionar la nueva sentencia y dejar expresa constancia de la intención de preservar los derechos derivados del fallo.
"Debe ser una carta certificada con aviso de recibo", remarcó. También aconsejó conservar una copia del contenido y todos los comprobantes relacionados con el envío y su recepción.
La especialista aclaró, finalmente, que los jueces italianos conservan autonomía para resolver cada expediente. Sin embargo, consideró que el impacto del nuevo pronunciamiento obligará a evaluar con mayor detenimiento cualquier decisión que rechace el reconocimiento de la ciudadanía.
Entrevista de Miguel Clariá.
Lectura rápida
¿Qué resoluciones se mencionan en el artículo? Dos resoluciones de la Justicia italiana que permiten a los descendientes de italianos tramitar el reconocimiento de la ciudadanía.
¿Quién es la abogada que explica la situación? La abogada cordobesa Mónica Restagno, quien ejerce en Italia.
¿Qué cortes intervinieron en los casos? La Corte Constitucional y la Corte Suprema de Casación italiana.
¿A quiénes beneficia la nueva resolución? A los descendientes de italianos naturalizados durante la vigencia de la Ley 555 de 1912.
¿Cuál es el primer paso que recomienda Restagno? Enviar una carta al consulado italiano correspondiente al domicilio que figura en el DNI.





