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La Convención Reformadora aprobó la mayor ampliación de autonomía municipal

Durante la octava sesión plenaria, se aprobaron los dictámenes definitivos sobre el Régimen Municipal, el Derecho a la Ciudad, el Ordenamiento Territorial y los Recursos Municipales. Los detalles.

01/09/2025 | 23:33Redacción Cadena 3 Rosario

FOTO: Santa Fe: la Convención debate la mayor ampliación de autonomía municipal.

FOTO: Santa Fe: la Convención debate la mayor ampliación de autonomía municipal.

La Convención que reforma la Constitución de Santa Fe avanza hacia un cambio estructural. Este lunes, en una sesión que se preveía extensa, se debatió un paquete de reformas que transformará la organización política de las localidades de la provincia, permitiéndoles constituirse como municipios y redactar sus propias cartas orgánicas.

Como base de esta transformación, se aprobaron modificaciones a los artículos 106 y 107 de la Constitución, que consagran formalmente la autonomía municipal para todos los pueblos y ciudades. Este paso sienta las bases para que cada comunidad pueda ejercer su autogobierno dentro del marco legal provincial.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

En conjunto, los nuevos textos, destinados a integrarse en la nueva Constitución de Santa Fe, revisan y amplían el marco actual: modifican tres artículos y agregan otros nuevos. Estas propuestas fueron presentadas al pleno de la Convención durante la mañana por la Comisión Redactora.

Durante la octava sesión plenaria, la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe aprobó los dictámenes definitivos sobre el Régimen Municipal, el Derecho a la Ciudad, el Ordenamiento Territorial y los Recursos Municipales. Estos documentos implican ajustes a tres artículos de la Constitución vigente y la incorporación de nuevas disposiciones.

La Comisión Redactora finalizó por la mañana la redacción de los dictámenes y los remitió al pleno para su consideración.

En primer lugar, se votaron las modificaciones a los artículos 106 y 107, referidos al Régimen Municipal: fueron aprobados con 50 votos favorables y 15 en contra.

A continuación, se abordó el dictamen del artículo 108, cuya redacción fue adaptada a los cambios anteriores. Este texto fue aprobado por 35 votos a favor, 15 en contra y 15 abstenciones.

Luego, se sumaron dos nuevos artículos sobre recursos municipales, que recibieron 49 votos afirmativos y 16 negativos.

Asimismo, con 49 votos a favor y 17 en contra, se aprobó la incorporación de un nuevo artículo dedicado al Derecho a la Ciudad.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

La iniciativa reconoce explícitamente la autonomía municipal en los planos institucional, político, administrativo, económico y financiero. Además, se establece que los municipios con más de 10.000 habitantes podrán convocar una Convención Municipal para redactar su Carta Orgánica, implementar mecanismos de democracia directa y fomentar la coordinación intermunicipal y con el gobierno provincial.

Para las localidades con menos de 10.000 habitantes, se prevé un sistema de gobierno con poderes ejecutivo y legislativo elegidos por el voto popular, representación proporcional y organismos de control.

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/Fin Código Embebido/

Posteriormente, se debatió el texto sobre Ordenamiento Territorial, aprobado por 48 votos afirmativos y 16 negativos; y el dictamen relativo a áreas metropolitanas y regionalización, que obtuvo idéntica votación: 48 a favor y 16 en contra.

Finalmente, se trataron las cláusulas transitorias. La primera, que establece el origen de la iniciativa para declarar la necesidad de dictar la Carta Orgánica, fue aprobada por 35 votos a favor y 29 en contra. Las restantes siete cláusulas fueron votadas en bloque y resultaron aprobadas con 48 votos afirmativos y 15 negativos.

Además, durante la sesión, la convencional Amalia Granata, presidenta del bloque Somos Vida y Libertad, presentó la moción para designar al Papa Francisco como Presidente Honorario de la Convención, la cual fue aprobada por el pleno.

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