Qué pasa si no voto y cómo justificarlo por distancia o ausencia de DNI
El secretario electoral de Córdoba, Guillermo Fernández, explicó a Cadena 3 los pasos a seguir para quienes no emitan el sufragio.
26/10/2025 | 10:52Redacción Cadena 3
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Audio. Qué pasa si no voto y cómo justificarlo por distancia o ausencia de DNI
Elecciones legislativas 2025
El secretario electoral de Córdoba, Guillermo Fernández, explicó a Cadena 3 cómo deben hacer aquellas personas que no voten este domingo por razones de distancia o de no tener el DNI actualizado para justificar la no emisión del sufragio.
Cabe remarcar que el voto es obligatorio, y no hacerlo implica una multa. La sanción está definida en el artículo 125 del CNE: “Se impondrá multa de cincuenta pesos a quinientos pesos al elector mayor de dieciocho años y menor de 70 años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta días de la respectiva elección”.
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La legislación, además, indica que “el infractor incluido en el Registro de Infractores al Deber de Votar establecido en el artículo 18 no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”.
Quienes no puedan votar y tengan un justificativo válido, deben ir con su documento a la comisaría más cercana para solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de cumplir con el deber cívico.
Para evitar la sanción, el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector, o ante la Cámara Nacional Electoral.
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Distancia: en Córdoba, los estudiantes que no hayan podido viajar hacia sus provincias de origen para votar pueden ir desde este mismo domingo a Tribunales Federales (Concepción Arenales y Wenceslao Paunero) para justificarlo.
"Vienen y acreditan que están acá, en vez de ir a la seccional de policía a hacer el certificado y después ir a secretaría, o a secretaría de su provincia", explicó Fernández.
Las otras personas, tienen 60 días para hacerlo por cualquier medio.
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DNI: en Córdoba, el Registro Civil y los 17 CPC realizan entregan de documentos este domingo hasta las 18. Para los que están en trámite, la papeleta no alcanza para sufragar, pero sí para la justificación. Allí, la fecha de entrega permite comprobar que en el día de la votación se carecía de DNI actualizado.
Quiénes votan: Es un deber para ciudadanos de 18 a 70 años. Es optativo (sin multa) para jóvenes de 16 y 17 años y para mayores de 70.
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Multa por no votar: Quienes falten (18-70 años) y no justifiquen la ausencia en 60 días, pagarán una multa (de $50 a $500) y quedarán en el Registro de Infractores, lo que impide ser designado para empleos públicos por tres años.





