Tanti: derogarán la ordenanza que limita al periodismo en el Concejo Deliberante
La iniciativa de la edil Rosario Álvarez obligaba a que las grabaciones de las sesiones solo pudieran difundirse de manera completa y sin edición, prohibiendo el tratamiento temático del material audiovisual.
08/01/2026 | 11:07Redacción Cadena 3
La ordenanza N° 1542 del Concejo Deliberante de Tanti, que establecía fuertes restricciones a la filmación y difusión de las sesiones públicas, será derogada en febrero.
La norma había generado un amplio repudio de organizaciones periodísticas y colegas de Córdoba por considerar que institucionalizaba la censura previa.
La iniciativa de la edil Rosario Álvarez y sancionada en septiembre de 2025, obligaba a que las grabaciones de las sesiones solo pudieran difundirse de manera completa y sin edición, prohibiendo expresamente el recorte, la fragmentación o el tratamiento temático del material audiovisual.
Además, alcanzaba no solo a periodistas y medios de comunicación, sino también a cualquier ciudadano que registrara los debates legislativos.
La ordenanza fue duramente cuestionada por el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) y por la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), que en su momento la condenaron por considerar que limitaba gravemente el ejercicio del periodismo y vulneraba el derecho de la ciudadanía a informarse sobre los actos de gobierno.
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• Cómo fue el caso
Una ordenanza sancionada en septiembre por el Concejo Deliberante de Tanti, en las sierras de Córdoba, generó un fuerte rechazo de organizaciones periodísticas al establecer restricciones a la filmación y difusión de las sesiones públicas del cuerpo legislativo.
Se trata de la ordenanza N° 1542, titulada "Políticas de filmación en sesiones públicas", que fija requisitos para registrar los debates y prohíbe expresamente la difusión de material editado, fragmentado o descontextualizado.
La norma permite únicamente la publicación de las sesiones en formato completo y sin edición, y alcanza no solo a medios de comunicación, sino también a vecinos y cualquier persona que registre las reuniones.
La disposición implica que radios, canales de televisión o plataformas digitales solo pueden transmitir las sesiones de manera íntegra, desde el inicio hasta el final, lo que en algunos casos supone varias horas continuas de emisión, sin posibilidad de seleccionar o resumir contenidos.
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) expresó su rechazo a la ordenanza y la incorporó a su monitor de libertad de expresión, al considerar que "limita gravemente el libre ejercicio del periodismo" y vulnera el derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía.
Desde FOPEA, señalaron que la norma "introduce mecanismos propios de censura previa, al condicionar la forma en que pueden difundirse contenidos de un acto público".
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En ese sentido, Gustavo Di Palma, integrante del equipo de monitoreo de libertad de expresión de FOPEA, sostuvo en Cadena 3 hacer unos días que la ordenanza "no afecta únicamente el trabajo de la prensa y de los medios locales, sino también a cualquier ciudadano que pretenda registrar imágenes o videos de las sesiones".
Según explicó, la norma impone condiciones y sanciones que restringen "un derecho básico de la vida democrática: observar, documentar y difundir el funcionamiento de los órganos de gobierno".
El caso tomó mayor repercusión cuando la ordenanza fue utilizada como fundamento para una acción de intimidación contra la periodista local Cristina Coudray. La concejal Álvarez le envió una carta documento en la que la acusa de manipular información pública por difundir fragmentos de una sesión y la amenazó con acciones penales y civiles si no cesa su labor informativa.
Para FOPEA, este tipo de disposiciones "transforma un ámbito público en un espacio controlado y vigilado por el propio poder político y sienta un precedente que afecta tanto a la prensa como al conjunto de la comunidad".
En tanto, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) expresó su preocupación y rechazo frente a la ordenanza 1.542/25. "El periodismo no debe estar sujeto a condiciones impuestas por el poder político sobre cómo informar actos institucionales que son, por definición, de interés colectivo", remarcaron en un comunicado.
"La libertad de prensa es un derecho constitucional, no una potestad de los gobiernos locales para administrar la visibilidad de sus decisiones. Prohibir la difusión de fragmentos, resúmenes o recortes de debates públicos equivale a condicionar la labor periodística y limitar el acceso ciudadano a la información", añadió la entidad.





