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Qué dice la reforma laboral sobre el sueldo de un trabajador que se enferma

El proyecto en debate introduce recortes en plazos de licencia paga y fija esquemas de cobro parcial del salario ante enfermedades o accidentes no laborales. También redefine requisitos de aviso y control médico.

11/02/2026 | 15:32Redacción Cadena 3

Perspectiva Nacional

Licencia por enfermedad. (Foto: ilustrativa/freepik)

FOTO: Licencia por enfermedad. (Foto: ilustrativa/freepik)

En el marco del tratamiento de la reforma laboral en el Congreso, el nuevo texto incorpora modificaciones relevantes en el régimen de licencias por enfermedad o accidentes inculpables, es decir, aquellos no vinculados con la actividad laboral. La iniciativa reduce los períodos de licencia paga y establece nuevos porcentajes de remuneración, diferenciados según el origen del evento y la situación familiar del trabajador.

El artículo 208 del proyecto establece que, cuando la imposibilidad de trabajar derive de “una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud”, el empleado percibirá el 50% de su remuneración básica. El beneficio regirá por un plazo de tres meses si no tiene personas legalmente a cargo, o de seis meses en caso de contar con cargas de familia.

En cambio, si la enfermedad o el accidente no se originan en una conducta voluntaria ni en la asunción consciente de un riesgo, la remuneración durante la licencia ascenderá al 75% del salario básico, dentro de los mismos plazos. El texto aclara además que la recidiva de enfermedades crónicas no será considerada una nueva enfermedad, salvo que se manifieste luego de dos años.

La normativa proyectada también prevé que las suspensiones por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectarán el derecho del trabajador a percibir la remuneración parcial mientras dure la licencia, ya sea que la medida se haya adoptado antes o después del evento de salud.

El abogado laboralista Walter Mañko explicó a Infobae que el esquema vigente contempla actualmente licencias pagas de entre tres y doce meses, según la antigüedad y la existencia de cargas de familia. “Hoy se cobra el 100% de la remuneración durante todo el período. La reforma reduce los plazos y fija pagos parciales del 50% o 75%”, detalló.

Según el especialista, el cambio impactará exclusivamente en enfermedades o accidentes ocurridos fuera del ámbito laboral, que se diferencian de los siniestros cubiertos por el régimen de riesgos del trabajo. En este sentido, señaló que la propuesta acota la extensión máxima de la licencia paga a seis meses, condicionada a la presencia de familiares a cargo.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

El proyecto incorpora además obligaciones formales para el trabajador. Quien no pueda asistir a su primer día de trabajo por enfermedad o accidente deberá informar de inmediato la situación y el lugar en que se encuentra, salvo casos de fuerza mayor. De no hacerlo, perderá el derecho a la remuneración correspondiente, excepto que luego se pruebe de manera inequívoca la imposibilidad de aviso.

En cuanto a la justificación médica, los certificados deberán incluir diagnóstico, tratamiento y días de reposo indicados. Deberán ser emitidos por profesionales habilitados en el territorio nacional y firmados digitalmente a través de plataformas autorizadas. El trabajador, a su vez, estará obligado a someterse al control médico dispuesto por el empleador.

Ante discrepancias entre el diagnóstico inicial y la evaluación de la empresa, el texto habilita la intervención de juntas médicas en instituciones oficiales o, alternativamente, dictámenes de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria, cuyo costo deberá ser asumido por el empleador.

Las modificaciones forman parte del paquete de cambios negociados en las últimas semanas y constituyen uno de los puntos más sensibles del debate legislativo, al redefinir el alcance de la protección salarial ante contingencias de salud no laborales.

Lectura rápida

¿Qué cambios se proponen en la reforma laboral? Se proponen modificaciones en el régimen de licencias por enfermedad o accidentes inculpables, reduciendo los períodos de licencia paga y estableciendo nuevos porcentajes de remuneración.

¿Quién explicó las reformas y qué destacó? El abogado laboralista Walter Mañko explicó que se reduce la duración de las licencias y se fijan pagos parciales del 50% o 75% de la remuneración.

¿Cuándo entran en vigor las nuevas disposiciones? Las modificaciones se están tratando actualmente en el Congreso y forman parte de un paquete de cambios negociados en las últimas semanas.

¿Dónde se aplican estas reformas? La normativa se aplica en el territorio nacional y afecta a las licencias por enfermedades o accidentes no laborales.

¿Por qué son importantes estas reformas? Porque redefinen el alcance de la protección salarial ante contingencias de salud no laborales, impactando en los derechos de los trabajadores.

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