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Golpe al dueño de Fate y Aluar: eliminan medidas antidumping al aluminio chino

La resolución, del Ministerio de Economía, afecta a importaciones y a la producción local de ALUAR.

23/02/2026 | 10:48Redacción Cadena 3

Perspectiva Córdoba

Aluar.

FOTO: Aluar.

El Ministerio de Economía dispuso el cierre del examen por vencimiento de la medida antidumping sobre hojas de aluminio de origen chino sin mantener el derecho del 28 por ciento vigente desde 2020, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

La decisión se formalizó mediante la Resolución 172/2026 del Ministerio de Economía (RESOL-2026-172-APN-MEC), firmada por el ministro Luis Andrés Caputo y rige en forma inmediata desde su publicación.

El producto alcanzado es la mercadería clasificada en la posición arancelaria NCM 7607.11.90, descripta como “hojas de aluminio, sin soporte, simplemente laminadas, de espesor superior o igual a 0,006 mm pero inferior o igual a 0,2 mm y anchura inferior o igual a 1.300 mm”. Se trata del foil utilizado en la fabricación de envases de alimentos, bebidas, medicamentos y membranas aislantes para la construcción.

El derecho antidumping eliminado había sido fijado en 2020 por la Resolución 88 del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo en un 28 por ciento ad valorem sobre los valores FOB de exportación, a pedido de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C., única productora de foil y de aluminio primario en el país.

De acuerdo con los considerandos de la norma, la Subsecretaría de Comercio Exterior concluyó en agosto de 2025 que no surgía un margen de dumping para las operaciones hacia Argentina en el período investigado, aunque determinó un margen de recurrencia de dumping del 14,47 por ciento al comparar valores con exportaciones de China hacia Chile.

La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE), mediante el Acta de Directorio N° 2618 del 21 de enero de 2026, recomendó considerar observaciones adicionales antes de decidir sobre la prórroga. Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el organismo indicó que durante la vigencia del derecho las importaciones chinas cayeron a menos del 3 por ciento del consumo aparente nacional.

En ese período, ALUAR incrementó su participación de mercado del 64 por ciento en 2019 al 91 por ciento en 2024 y subió sus precios entre 5 y 7 por ciento en términos relativos, pese a que el precio internacional del aluminio primario, su principal insumo, cayó 16 por ciento.

La CNCE señaló además que el foil de aluminio impacta en “diversas cadenas productoras de bienes de consumo básico” y que el producto representa entre el 3 y el 4 por ciento de la facturación total de ALUAR, empresa que controla entre el 60 y el 65 por ciento del costo de producción del foil al ser la única fabricante de aluminio primario.

La Subsecretaría de Comercio Exterior compartió el criterio de cerrar el examen sin mantener la medida, posición avalada por la Secretaría de Industria y Comercio y por el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía.

Lectura rápida

¿Qué medida tomó el Ministerio de Economía?

El Ministerio de Economía cerró el examen por vencimiento de la medida antidumping sobre hojas de aluminio de origen chino sin mantener el derecho del 28 por ciento vigente desde 2020.

¿Quién firmó la resolución?

La Resolución 172/2026 fue firmada por el ministro Luis Andrés Caputo.

¿Cuándo se formalizó la decisión?

La decisión se formalizó en el día de su publicación, que fue hoy.

¿Qué producto se ve afectado por esta medida?

El producto afectado es el foil de aluminio, clasificado en la posición arancelaria NCM 7607.11.90.

¿Por qué se eliminó el derecho antidumping?

Se eliminó porque la Subsecretaría de Comercio Exterior concluyó que no había un margen de dumping para las operaciones hacia Argentina en el período investigado.

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