Argentina, el único país que legisló contra el hombre lobo
Una superstición rural, una carta llegada a la Casa Rosada y una respuesta típicamente argentina: convertir el mito en política pública.
20/01/2026 | 14:18Redacción Cadena 3
Hay países que convierten sus leyendas en parques temáticos. Otros, en series de Netflix. Argentina eligió un camino más rocambolesco—y, por eso mismo, más argentino—: convertir la vieja superstición del lobizón en un expediente, con decreto, ley y reglamentación. No para cazar al monstruo, claro. Para proteger al crío.
La escena fundacional, en rigor, ni siquiera ocurre en el monte. Ocurre en papel. Está escrita en ese tono administrativo que siempre parece pedirle perdón a la imaginación. En el Decreto 848/1973, el Estado recuerda que en 1907 el presidente José Figueroa Alcorta accedió al primer pedido de padrinazgo presentado por un residente "de nacionalidad rusa", y que desde entonces el gesto se repitió, presidente tras presidente, "hasta convertirse este acto en costumbre tradicional". Antes que una leyenda: una carta. Antes que un mito: un trámite.
No hace falta que el decreto escriba "hombre lobo" para que el lector lo escuche aullando detrás. En el Río de la Plata y en el universo guaraní —con nombres que viajan y se deforman: lobisón, lobizón, lobishome— la historia es conocida: el séptimo hijo varón, en ciertas versiones, nace marcado, destinado a una metamorfosis nocturna. Pero lo importante no es la zoología fantástica. Es lo que esa marca hace en la vida real. La sospecha. El miedo. El estigma. Los trabajos académicos muestran cómo la figura del lobizón se asocia, una y otra vez, con la condición de "séptimo hijo", y cómo esa idea se desplaza, se injerta y se resignifica al cruzar océanos.
Nuestro país—que suele fallar en casi todo lo que requiere método— a veces acierta por instinto moral. No persigue al supuesto monstruo. Lo desactiva por arriba, con la herramienta más contundente que conoce: el Estado.
Un Estado que, aun cuando se lo quiere mínimo, aparece para ocuparse de un miedo antiguo.
De la medalla al derecho
El Decreto 848/1973 hace algo revelador: "da forma jurídica" a una costumbre. Instituye el padrinazgo para el séptimo hijo y, por pedido del Gobierno de la provincia de Tucumán, lo extiende también a la séptima hija mujer, señal de que el asunto no era solo porteño sino profundamente federal. Fija condiciones —familia numerosa, hijos vivos, matrimonio legitimado, "buena conducta y buen concepto moral"— y define el padrinazgo como un gesto ceremonial. Nada más. Una medalla de oro recordatoria, diseñada por la Dirección de Ceremonial. El Estado responde al mito con un símbolo.
Y deja, además, una frase defensiva, escrita como quien teme que el folklore se convierta en reclamo: el padrinazgo "no crea derechos ni beneficios de naturaleza alguna". Es decir: esto es un acto, no una política social.
Pero la historia argentina tiene esa costumbre de contradecirse a sí misma. Un año después, el Congreso hace lo que suele hacer cuando se cruza con un símbolo popular persistente: lo convierte en derecho. La Ley 20.843 establece que toda persona apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo tiene derecho a que el Estado le asegure gratuitamente estudios, en cualquier nivel del sistema educativo, y ordena contemplar libros, útiles, alojamiento, alimentación y recreación.
Ahí aparece el corazón de esta historia: la "ley contra el hombre lobo" es, en realidad, una ley a favor de la educación. El mito decía: séptimo hijo = peligro. La norma responde: séptimo hijo = escuela.
Dos años más tarde, el edificio se completa con el Decreto Reglamentario 964/1976, que ya no habla de medallas sino de justicia social. Define la asistencia como una medida de "hondo sentido humanitario" y agrega una frase que funciona como radiografía de época: "en la mayoría de los casos, los ahijados presidenciales provienen de hogares de menores recursos". El monstruo desaparece. Aparece la desigualdad.
El toque final: que no sea un asunto de un solo culto
En 2009, el Decreto 1416/2009 moderniza el régimen. Amplía quiénes pueden solicitar el padrinazgo —convivientes, madre o padre soltero—, cuenta adopciones para llegar al número mágico de siete y deja escrita una decisión significativa para un país de tradición católica: el padrinazgo puede otorgarse aun cuando el bautismo no sea católico, y se abre a otros cultos registrados. El Estado termina de hacer lo que venía insinuando desde 1907: esto no es religión, es política pública.
En paralelo, el sistema sigue funcionando en clave contemporánea. Hoy, el beneficio se tramita como una beca educativa real, con formularios, constancias de alumno regular, firmas y sellos. El mito rural termina, sin estridencias, en un sobre enviado a Balcarce 50 o en un mail al Ministerio de Educación.
De hecho, ya en la presidencia de Javier Milei aparecen casos documentados —como el de Isaías Javier Maydana en Garín, la misionera Aymara Soledad Martínez y el entrerriano Ezequiel Efraín Blanco, reconocido décadas después de iniciado el trámite—, prueba de que esta rareza argentina no quedó en el papel: todavía produce ahijados.
¿Somos los únicos?
Argentina parece ser el único país que convirtió la superstición del "séptimo hijo" en un régimen legal nacional completo —decreto, ley y reglamentación— que, además, se traduce en un derecho educativo efectivo.
Pero hay un pariente europeo: en Bélgica existe la tradición de que el rey y la reina sean padrinos del séptimo hijo o hija, aunque allí se lo define explícitamente como royal favour: un favor, no un derecho, y sin arquitectura legal ni beca.
Los belgas conservan la anécdota; nosotros la transformamos en norma. Y en esa transformación aparece una idea seria: el Estado interviniendo positivamente no para confirmar el mito, sino para desactivar el daño que el mito podría causar.
Otras rarezas (aunque no tan elegantes)
Para no quedar como los únicos delirantes del planeta, vale un espejo. El Reino Unido tiene una ley real —vigente, aplicable y con condenas posibles— que tipifica el delito de handling fish in suspicious circumstances: manipular pescado en "circunstancias sospechosas". El nombre suena a sketch, pero el objetivo es concreto: perseguir la pesca ilegal y el mercado negro. La rareza está en la formulación; la función, en cambio, es estrictamente penal.
La Argentina hizo algo distinto. Aquí la ley no castiga una conducta sino que protege una condición. No persigue un delito, sino que neutraliza un miedo social. Donde otros Estados usan el derecho para sancionar, el Estado argentino lo usó —en este caso singular— para desactivar un estigma.
En otras palabras, cuando el mito amenazó con volverse daño, el Estado argentino no lo negó ni lo persiguió. Lo convirtió en expediente. Y al expediente, en derecho.
M. C.
Lectura rápida
¿Qué convierte Argentina en un caso único?
La superstición del "séptimo hijo" se transforma en un régimen legal nacional completo que se traduce en un derecho educativo efectivo.
¿Quién inició el primer pedido de padrinazgo?
El primer pedido de padrinazgo fue presentado en 1907 por un residente "de nacionalidad rusa" al presidente José Figueroa Alcorta.
¿Cuándo se estableció la Ley 20.843?
La Ley 20.843 se estableció un año después del Decreto 848/1973, convirtiendo el padrinazgo en un derecho educativo.
¿Dónde se originó la tradición del padrinazgo?
La tradición del padrinazgo se originó en Argentina, específicamente en el contexto del "séptimo hijo" y su relación con el Estado.
¿Por qué se modernizó el régimen en 2009?
En 2009, el Decreto 1416/2009 modernizó el régimen para ampliar quiénes podían solicitar el padrinazgo y abrirlo a otros cultos registrados.





