Reforma laboral: los puntos clave que benefician o afectan a los trabajadores
El abogado laboralista Matías Cremonte analizó en diálogo con Cadena 3 los cambios en las licencias médicas, la figura del trabajador independiente y el banco de horas.
13/02/2026 | 08:10Redacción Cadena 3
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Radioinforme 3
El abogado laboralista y presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, analizó los principales alcances de la reforma laboral y sostuvo que varias de las modificaciones implican "un retroceso en derechos básicos" para los trabajadores.
Durante el diálogo con Cadena 3, el especialista centró sus cuestionamientos en la reducción salarial durante las licencias por enfermedad, la creación de nuevas figuras contractuales y los cambios en la organización de la jornada laboral. En ese sentido, advirtió por una mayor precarización.
• Licencias médicas: reducción salarial y menor cobertura
Uno de los puntos que Cremonte consideró más sensibles es el vinculado a las licencias por enfermedades inculpables, es decir, aquellas que no derivan directamente de la actividad laboral, como una gripe o una cirugía programada.
Según explicó, la reforma establece que mientras el trabajador esté enfermo cobrará el 75% de su salario, cuando anteriormente percibía el 100%. "Lo que la reforma estableció ahora es que mientras esté enfermo tiene derecho a cobrar el 75% del salario y no el 100%", precisó.
El escenario, indicó, se vuelve aún más restrictivo si la dolencia se produce a raíz de una actividad considerada riesgosa fuera del horario de trabajo, como la práctica de deportes. En esos casos, el ingreso se reduce al 50% del sueldo habitual.
Además, advirtió que el período de cobertura paga también se acorta. "En ambos casos no por seis meses, sino solo por tres meses", detalló, tras lo cual el trabajador ingresa en una etapa de reserva de puesto sin percepción de haberes.
Para Cremonte, esta modificación puede generar un doble efecto negativo. Por un lado, sostuvo que el trabajador podría optar por asistir a su empleo aun cuando no esté en condiciones de hacerlo, para evitar la pérdida de ingresos. "Va a terminar yendo en condiciones que normalmente no podría ir a trabajar", señaló, y advirtió que eso también podría afectar a sus compañeros ante eventuales contagios.
Por otro lado, remarcó que los empleadores ya cuentan con herramientas para controlar eventuales abusos mediante servicios médicos propios, por lo que consideró que la medida tiene un carácter punitivo.
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• "Legalización del fraude" y trabajador independiente
Otro de los ejes centrales del análisis de Cremonte fue la incorporación de la figura del trabajador independiente que puede contratar hasta tres colaboradores.
El abogado sostuvo que esta modalidad "amplía mucho la posibilidad de esconder relaciones laborales" y afirmó que, en los hechos, puede implicar una "legalización del fraude".
De acuerdo con su explicación, bajo este nuevo esquema no se presume la existencia de una relación laboral de dependencia, lo que obliga al trabajador a demostrar judicialmente que existía un vínculo encubierto para poder reclamar una indemnización.
"Un trabajo sigue siendo trabajo por más que se lo esconda bajo un ropaje de trabajo independiente", afirmó. En ese sentido, advirtió que esta figura podría facilitar que empresas utilicen monotributistas para tareas normales y permanentes, evitando las obligaciones previstas por la legislación laboral.
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• Vacaciones fraccionadas y banco de horas
En materia de descanso anual, la reforma mantiene la cantidad de días de vacaciones, pero habilita su fraccionamiento en hasta tres períodos, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.
Cremonte expresó reparos sobre la supuesta libertad de acuerdo entre trabajador y empleador para definir esas fechas. "La libertad del empleado está condicionada porque tiene la necesidad de trabajar y acepta cosas que normalmente no aceptaría", sostuvo.
También se refirió al denominado "banco de horas", un sistema que permite compensar horas extras con descanso en lugar de abonarlas como tales. Según explicó, el empleador podría organizar jornadas de hasta 12 horas en un día y reducirlas en otro, conforme a las necesidades productivas.
"Si trabajo de más, en todo caso, tendré derecho a un descanso compensatorio por esas horas al mes siguiente", indicó, y advirtió que, si se respeta el tope mensual de horas, desaparece la obligación de pagar horas suplementarias.
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• Tope del 2% a las cuotas solidarias
Finalmente, el presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas se refirió a las denominadas cuotas solidarias, aportes que realizan trabajadores no afiliados a un sindicato pero que se benefician de las negociaciones colectivas.
Cremonte explicó que la reforma fija un límite máximo del 2% mensual para este concepto, siempre que esté previsto en el convenio colectivo correspondiente.
En su análisis, el abogado sostuvo que el conjunto de medidas modifica de manera sustancial el equilibrio en la relación laboral y tiene un impacto directo en los ingresos y las condiciones de trabajo de los empleados.
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Lectura rápida
¿Quién analizó los alcances de la reforma laboral?
El abogado laboralista y presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte.
¿Qué sostiene Cremonte sobre las modificaciones?
Que implican "un retroceso en derechos básicos" para los trabajadores.
¿Cuál es uno de los puntos más sensibles según Cremonte?
La reducción salarial durante las licencias por enfermedad, que ahora es del 75%.
¿Qué establece la reforma sobre las vacaciones?
Mantiene la cantidad de días, pero permite su fraccionamiento en hasta tres períodos.
¿Qué límite se fija para las cuotas solidarias?
Un máximo del 2% mensual, según el convenio colectivo correspondiente.





