Impulsan créditos de Anses: quiénes podrían acceder a préstamos de $1,5 millones
El proyecto es impulsado por la oposición y está en debate. El objetivo es aliviar el sobreendeudamiento en sectores de bajos ingresos. Deberá usarse solo para cancelar deudas con bancos, tarjetas u otras entidades financieras.
19/03/2026 | 15:12Redacción Cadena 3
Comenzó a debatirse en el Congreso un proyecto de ley que propone la creación de una nueva línea de créditos de la Anses de hasta $1,5 millones por persona, destinada a aliviar el sobreendeudamiento en sectores de menores ingresos. La iniciativa, impulsada por la oposición, todavía debe atravesar el proceso legislativo, por lo que no se encuentra disponible.
A diferencia de otros programas de financiamiento, el esquema prevé que los fondos no puedan ser utilizados libremente. Según el texto, el dinero deberá destinarse exclusivamente a cancelar deudas existentes con bancos, tarjetas de crédito u otras entidades financieras.
Para garantizar ese objetivo, el mecanismo establece que el monto no será depositado en la cuenta del beneficiario. En cambio, la Anses transferirá directamente los fondos a la entidad acreedora correspondiente.
El universo potencial de beneficiarios incluye a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUE), jubilados y pensionados con ingresos de hasta seis haberes mínimos, beneficiarios de Pensiones No Contributivas, trabajadores de casas particulares registrados y monotributistas de las categorías A, B, C y D. Se estima que cerca de 10 millones de personas podrían acceder a esta línea.
/Inicio Código Embebido/
Evaluación de la economía . La confianza del consumidor cayó 4,7% interanual en marzo
El indicador elaborado por la Universidad Di Tella registró un retroceso respecto a un año. Sin embargo, cuando se observa por regiones la medición resalta que las expectativas aún son positivas en el interior, al contrario que en Gran Buenos Aires.
/Fin Código Embebido/
El proyecto fija un tope de $1,5 millones por crédito, con actualización automática en función del salario mínimo. La tasa de interés estaría vinculada a la TAMAR más 10 puntos, ubicándose por debajo de los niveles del sistema financiero. Además, establece que la cuota no podrá superar el 30% del ingreso mensual del solicitante, con el objetivo de evitar un nuevo ciclo de endeudamiento.
El trámite sería completamente digital, a través de la plataforma Mi Anses. Allí, los usuarios deberán presentar documentación que respalde sus deudas, mientras que el sistema contará con controles automáticos para verificar el destino de los fondos. El esquema, además, no contemplaría intermediarios ni gestores.
En cuanto a los plazos, la iniciativa aún no cuenta con aprobación parlamentaria. De avanzar en el Congreso, podría obtener media sanción en la Cámara de Diputados durante marzo, ser tratada en el Senado entre abril y mayo, y eventualmente entrar en vigencia en el segundo semestre de 2026.
Desde el Gobierno nacional ya manifestaron objeciones al proyecto, en particular por el posible uso de recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), lo que deja abierta la incertidumbre sobre su implementación.
/Inicio Código Embebido/
Combustibles. “Los consumidores nos tienen que aplaudir”: YPF defendió la suba de la nafta
El CEO Horacio Marín afirmó que el aumento del 8% responde al alza del petróleo por la guerra y aseguró que los precios bajarán si se normaliza el mercado internacional.
/Fin Código Embebido/
-
Lectura rápida
¿Qué se debate en el Congreso? Un proyecto de ley para crear una línea de créditos de la Anses de hasta $1,5 millones por persona.
¿Quién impulsa la iniciativa? La iniciativa es impulsada por la oposición.
¿Cuándo podría entrar en vigencia? Si se aprueba, podría entrar en vigencia en el segundo semestre de 2026.
¿Dónde se destinarán los fondos? Los fondos deben destinarse a cancelar deudas existentes con entidades financieras.
¿Por qué hay incertidumbre sobre su implementación? El Gobierno nacional ha manifestado objeciones sobre el uso de recursos del FGS.





