En vivo

Noche y Día

Nora Covassi

Argentina

En vivo

Noche y Día

Nora Covassi

Rosario

En vivo

De fiesta

Música

En vivo

Musical

Música

En vivo

Random domingos

Radio

Podcast

Amamos Argentina

Podcast

La mesa de café

Podcast

La otra mirada

Podcast

El dato confiable

Podcast

3x1=4

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

80 años del Cuarteto

Podcast

Nazareno Cruz y el Lobo

Podcast

La Chacarera, el latido del monte

Escuchá lo último

Elegí tu emisora

Sueños de Radio
Sueños de Radio

Política y Economía

Amplían quita del IVA a todos los canales de distribución

Los pequeños comercios, quioscos y almacenes se suman a los supermercados que ya comercializaban productos con la eliminación del impuesto al valor agregado.

02/09/2019 | 10:06Redacción Cadena 3

Leche fluida entera o descremada con aditivos no pagará IVA.

FOTO: Leche fluida entera o descremada con aditivos no pagará IVA.

Google News

Mirá las notas de Cadena 3 en Google News

WhatsApp

Mirá las notas de Cadena 3 en WhatsApp

El Gobierno nacional amplió la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 0% para 13 productos de la canasta alimentaria a los canales de comercialización o distribución mayorista o minorista, con el objeto de asegurar el acceso de toda la población a los beneficios del mismo.

Lo hizo a través del decreto 603/2019, publicado hoy en el Boletín Oficial, que señaló que resulta necesario contemplar entre los sujetos beneficiarios a monotributistas, y responsables inscriptos para la categoría micro empresas.

El 15 de agosto último se fijó para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria una alícuota equivalente al 0% en el IVA cuando se comercialicen a consumidores finales. 

El decreto actual incluye las ventas al por menor en supermercados; minimercados, incluyendo mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta; kioscos, polirrubros y comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas. 

También alcanza la venta al por menor de productos lácteos, de almacén y dietética; de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; frutas, legumbres y hortalizas frescas; pan y productos de panadería; alimentos, bebidas, productos no clasificados y tabaco en puestos móviles y mercados.

El decreto subrayó que "la emergencia constituye una situación de peligro o crisis excepcional e inminente que afecta al público en general y amenaza a la vida organizada de la comunidad". 

Por eso destacó que "la aparición de una situación que escapa de lo normal y que produce serios trastornos a la población, justifica el empleo y adopción de remedios y medidas extraordinarias y transitorias". 

También indicó que "es evidente la legitimidad y oportunidad de esta medida, favorecedora del acceso a los alimentos básicos para los sectores vulnerables de la población, cuya protección es una obligación de carácter primario e ineludible".

Lo más visto

Política y Economía

Opinión

Podcast

La otra mirada

Podcast

La mesa de café

Podcast

La quinta pata del gato

Podcast

3x1=4

Podcast

El dato confiable

Podcast

Política esquina Economía

Podcast

Cuadro de Situación

Podcast

Los editoriales de Alberto Lotuf