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Vicentin: Cámara rechazó la excusación del juez Lorenzini y debe seguir concurso

El planteo del magistrado había sido invocar la causal de “violencia moral” para dejar el proceso concursal de enorme envergadura en la provincia de Santa Fe, justo en el tramo definitorio.  

01/04/2023 | 12:45Redacción Cadena 3

(Archivo) Comlejo Industrial de Vicentin en Avellaneda (provincia de Santa Fe).

FOTO: (Archivo) Comlejo Industrial de Vicentin en Avellaneda (provincia de Santa Fe).

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad santafesina de Reconquista rechazó la excusación del juez Fabián Lorenzini para continuar con el concurso preventivo de acreedores de la agroexportadora Vicentin, por lo que el magistrado deberá seguir al frente del expediente, informaron fuentes judiciales.

Los jueces Mauricio Sánchez y Santiago Dalla Fontana desestimaron el planteo de Lorenzini, quien invocó la causal de "violencia moral" para dejar el concurso más importante de la historia económica de la provincia de Santa Fe cuando ingresaba en tramo de definiciones.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

El tercer miembro de la Cámara, el juez Alejandro Román, se abstuvo de participar de la resolución, añadieron voceros judiciales.

Lorenzini se excusó de continuar entendiendo en el concurso de Vicentin al alegar "violencia moral" por la presentación, hace siete meses, de un pedido de juicio político en su contra, lo que consideró "una agresión desmedida".

Su colega de la tercera nominación, Ramiro Avilé Crespo, a quien giró el expediente, rechazó el planteo al sostener que "la violencia moral alegada no se halla acreditada debidamente" y le devolvió la causa, lo que motivó la definición de la Cámara de Apelaciones.

El tribunal de segunda instancia resolvió en el mismo sentido que el juez Avilé Crespo, al indicar en su fallo que "este magistrado no ha explicitado de qué manera el hecho de haber sido denunciado en el marco de la ley 7050 (en enjuiciamiento a magistrados) afecta su libertad de decisión en el concurso preventivo" de la agroexportadora, en el que existen créditos verificados por $97.448.330.899.

/Inicio Código Embebido/

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"En efecto, sea que la denuncia provenga de un acreedor concursal o de un tercero, puede entenderse que tal obrar genere en el juez distintas emociones en relación al denunciante", sostuvieron los camaristas.

"Pero -agregaron- las decisiones a tomar en un proceso colectivo como el que nos ocupa exceden ampliamente el interés de ese denunciante, ya que se relacionan fundamentalmente con la propia concursada, el conjunto de acreedores, los trabajadores de la empresa, sus contratistas y la comunidad en general".

El pedido de juicio político contra Lorenzini fue presentado por el abogado rosarino Gustavo Feldman, patrocinante de un acreedor, pero a título personal.

Para la Cámara de Apelaciones de Reconquista "las causales morales o íntimas que pueden llevar a un magistrado a excusarse han de ser evaluadas restrictivamente, no pudiendo aceptarse si no están debidamente justificadas, de lo contrario, se podría dar que un magistrado abusivamente eluda el conocimiento de causas complejas o sensibles, conllevando una carga extra para el subrogante".

/Inicio Código Embebido/

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A mediados del año pasado, Vicentin presentó una propuesta de pago del pasivo concursal que cuenta con las mayorías exigidas por la ley, tanto en capital como en porcentaje de acreedores.

Algunos de ellos la habían cuestionado por suponer, en algunos casos, una quita del 80% de los créditos originales y porque contemplaba la venta de las acciones que Vicentin aún conserva en la planta de Renova -en la que es socia con la multinacional Gelncore-, transacción que está suspendidas por dos jueces que investigan presuntas estafas de la cerealera.

Tras dirimirse su excusación, Lorenzini debe resolver ahora si homologa ese acuerdo o lo rechaza y, en tal caso, si habilitaba la vía del "salvataje" que contempla la Ley de Quiebras y Concursos.

Se trata de un procedimiento que, ante la falta de acuerdo, permite al juez otorgarle a otros acreedores o terceros interesados la posibilidad de presentar una propuesta de acuerdo a los acreedores y gestionar la empresa.

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